A partir de marzo de 2011, los bares, centros nocturnos, restaurantes-bar, restaurantes, restaurantes nocturnos y discotecas del estado de Colima, incluirán en sus cartas de menús las calorías por platillo que contienen los alimentos que ofrecen al público.
Luego de que el Congreso del Estado aprobara en votación unánime reformas a la Ley que Regula la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas y a Ley de Salud, se determinó también que esos establecimientos informen las calorías promedio a consumir diariamente.
Asimismo, a la Secretaría de Salud y Bienestar Social del Gobierno del Estado, se le otorga la facultad, en coordinación con las autoridades competentes de los ayuntamientos de la entidad, para vigilar el cumplimiento de esa disposición, con lo cual la sociedad colimense contaría con más información acerca de los alimentos que consume diariamente, así como de su aporte calórico y nutrimental.
El diputado Enrique Rojas Orozco, autor de la iniciativa de reforma legal, estimó que con su propuesta, la sociedad colimense estará informada y tendrá la capacidad de decidir sobre los alimentos que ingiere en base a su valor alimenticio y nutricional, mejorando sus hábitos alimenticios”.
Con el fin de procurar la salud y el buen hábito alimenticio de los colimenses, consideró Rojas Orozco, es deber de los legisladores establecer las medidas necesarias y congruentes para contar con una estrategia definida, clara y amplia, que permita establecer el control de la obesidad y el sobrepeso en Colima.
El decreto reformatorio establece un término no mayor de 90 días naturales a partir de su entrada en vigor, para que los ayuntamientos adecuen sus respectivos reglamentos para la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas.
Asimismo, se menciona que los propietarios, poseedores o titulares de los bares, centros nocturnos, restaurantes-bar, restaurantes, restaurantes nocturnos y discotecas del estado de Colima, tendrán como plazo máximo el primero de marzo de 2011, para dar debido cumplimiento a las obligaciones contenidas en el decreto.
Los establecimientos obligados al cumplimiento de esas disposiciones legales, se basarán en la tabla que contiene la ingestión calórica diaria recomendada, tomando como fuente las “Recomendaciones de Ingestión de Nutrimentos para la Población Mexicana”, de Editorial Panamericana.
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