A PROPÓSITO / Es revocación, no ratificación

El presidente AMLO prefiere más ser candidato que presidente, le resulta más cómodo, atractivo y rentable enfrentarse a sus opositores y a sus críticos, que a los problemas del país.

Su estrategia política es estar permanentemente en campaña, pasó la elección del 6 de junio, en la que, según el TEPJF, se metió con todo y después, encabezó la consulta popular para, supuestamente, enjuiciar a los expresidentes, lo que resultó un fracaso y al día siguiente de la consulta, comenzó su campaña para la revocación de mandato.

AMLO retó sus adversarios políticos a reagruparse como lo hicieron en las elecciones de junio pasado: “No pudieron y ahora viene de nuevo, otro desafío, que se vuelvan a agrupar, para que llamen al pueblo a que voten para que yo me vaya, es la revocación del mandato”.

La revocación de mandato está ya en la Constitución, falta únicamente reglamentarla, el congreso federal no lo hizo a tiempo, pues debió aprobarse la ley reglamentaria en junio del 2020 y ahora andan con prisas y ya se volvió imposible sacarla en los días que restan para que termine la legislatura actual en la Cámara de diputados.

Dice el presidente que la oposición se está oponiendo malévolamente a la consulta porque piensan que, si gana, seguirá fortaleciéndose y va buscar reelegirse.

La revocación de mandato es un instrumento ciudadano de la democracia participativa y al momento no hay ninguna organización ciudadana que esté impulsando y promoviendo la revocación, es el presidente quien se ha metido a operar personalmente la ley reglamentaria y tiene prisa de que sea antes del 1 de septiembre, porque con la nueva composición del Congreso, se le puede complicar.

Al presidente AMLO le interesa que este instrumento de democracia participativa venga a debilitar la democracia representativa; pretende así, según su cálculo político, sustituir las insuficiencias de la representación democrática y le apuesta, más que a una revocación, a una ratificación de mandato, pues así pretende ganar más fuerza política en los dos últimos años de su sexenio y arrancar la campaña del 2024 y para eso ya abrió la sucesión presidencial y destapó a sus candidatos.

El presidente ha urgido a las bancadas de Morena a que aprueben ya la ley reglamentaria, pues los tiempos se acortan y las complicaciones aumentan, los tiempos y formas, una vez aprobada la ley serían los siguientes:

1.-Antes de noviembre, el INE tendría que expedir los lineamientos y forma para recabar los apoyos ciudadanos, así como los formatos a llenar, para que en noviembre, y hasta el 15 de diciembre, se recaben las firmas.

El INE ya anunció que, si no se aprueban las leyes reglamentarias pronto, el Instituto determinará los criterios.

2. Para solicitar la revocación de mandato, se deben recabar los apoyos que establece la Constitución, esto es, 3% del listado nominal y tendrían que lograr que este porcentaje se repartiera en, al menos, 17 entidades de la república y si el padrón es de 93.4 millones de electores, se requerirán 2.8 millones de firmas.

3.La revocación se podrá solicitar una sola ocasión, durante los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional y el INE tendrá 30 días para verificar el requisito de 3% de las firmas.

4.Una vez expedida, la fecha de la jornada de consulta será 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria, con excepción del caso del actual presidente, que será a los 60 días de la convocatoria, la fecha sería el domingo 6 de marzo del 2022.

5.En este caso de excepción, los ciudadanos tienen hasta el 15 de diciembre para solicitarla y el INE un mes para emitir la convocatoria.

6.Para ser vinculante, la revocación de mandato deberá contar con 40% de participación de la Lista Nominal y sólo procederá si el rechazo al presidente logra la mayoría absoluta, es decir, el 50% más 1 de los participantes.

7. Durante la recopilación de apoyos ciudadanos queda prohibido el uso de recursos públicos y también para difundir y publicitar la realización del proceso de revocación de mandato.

8. Según la ley, sólo el INE y los Oples pueden hacer difusión y ninguna persona física o moral puede contratar espacios en radio y televisión para hacer propaganda sobre la revocación.

9. Según la Constitución, el Tribunal Electoral resolverá todas las impugnaciones y en su caso, modificará los resultados y emitirá la declaratoria de revocación según el artículo 84.

10. Si el TEPJF emite la declaratoria de revocación, asume la presidencia provisional del país el presidente del Congreso y dentro de los 30 días posteriores, el mismo Congreso nombrará a quien concluya el periodo.

11. El artículo 84 menciona que el presidente provisional no puede remover a los secretarios de Estado sin previa autorización del Senado.

Las dudas, los obstáculos y los inconvenientes son varios y complejos, uno es la pregunta que se debe plantear en la boleta para que los ciudadanos respondan con un sí o un no.

Esa es la primera discusión, los grupos parlamentarios en el senado trabajan en la redacción de la ley reglamentaria y la pregunta ya los confronta, pues en la propuesta original del senador Monreal se planteaba si se estaba de acuerdo o no en revocar el mandato del presidente por la pérdida de confianza.

Ricardo Monreal, modificó su propuesta de pregunta donde dejó fuera el concepto de pérdida de confianza, pues dijo que se busca que sea clara para los ciudadanos, por lo que quedó de la siguiente manera: “¿Está de acuerdo en que el presidente de la República electo para el periodo constitucional en curso continúe en el cargo hasta que concluya su mandato?” “Sí” o “No”.

El coordinador de Movimiento Ciudadano, Dante Delgado, presentó una iniciativa de Ley Federal de Revocación de Mandato y propone una nueva pregunta.

“¿Está usted de acuerdo con revocar el mandato al presidente de la Republica para que sea destituido del cargo?” con las opciones de respuesta “Sí” o “No”.

La propuesta del panista Damián Zepeda, que plantea la pregunta: ¿Está usted de acuerdo en que se revoque de manera anticipada el mandato del presidente de la República? Lo anterior significa la terminación anticipada del cargo por pérdida de confianza.

La propuesta de pregunta de la senadora priista Claudia Ruiz Massieu es: “¿Está de acuerdo con revocar el mandato de la persona titular de la Presidencia de la República por pérdida de confianza?”.

La oposición está en contra de la propuesta de Ricardo Monreal, porque la consulta de revocación de mandato, es de revocación, de quitar el cargo, no de ratificación o de apoyo, la propuesta de Monreal desvirtúa el ejercicio de la consulta, porque la quiere transformar en preguntar sobre la continuación del mandato.

No es lo mismo que se interrogue en positivo, si debe revocarse el mandato al presidente López Obrador, a que se pregunte en positivo, si debe de permanecer en el cargo.

Al ser una herramienta ciudadana, que se usará cuando la población quiera que el presidente deje el cargo, es revocación, pero cuando el deseo de la consulta parte del presidente, está pidiendo que se le ratifique, no que se le quite.

Por lo anterior, resulta absurdo que los seguidores de AMLO, Morena y los miembros de su gobierno, pretendan encabezar la recolección de casi 3 millones de firmas, para plantear a los ciudadanos que le quiten el mandato, como también sería una incongruencia que la oposición y quienes no quieran a AMLO, recojan firmas para preguntar si debe continuar o que lo ratifiquen en el cargo, cuando lo que quieren es quitarlo. Faltaría comentar lo del presupuesto, los escenarios según los resultados, lo inconveniente de la revocación, y si pierde AMLO, si aceptaría o alegaría fraude.