El pecado de informar

Por Héctor Romero Fierro

Terrible escándalo levantó la “CuatroTé” porque Carlos Loret de Mola, difundió desde su sitio en el extranjero, “Latinus“ una nota sobre los bienes inmuebles propiedad de Irma Eréndira Sandoval, Secretaria de la Función Pública, y de su esposo, el fanático lambiscón número uno del Presidente de la República, John Ackerman, académico de la UNAM y comentarista, (no periodista) como el se auto califica, de algún medio de comunicación.

La nota en ninguna forma agravia a la pareja ya que son datos públicos que están visibles en la declaración patrimonial de la funcionaria y que fueron ampliados en base al Registro Público de la Propiedad, por lo que, hacer del dominio público esa investigación tampoco es delito, y mucho menos, en hacer una ponderación del probable valor de mercado de dichos bienes a esta fecha, ya que en el reportaje también se explica cómo se estimó y cuáles fueron las bases para determinar ese valor. Es cierto que en la declaración patrimonial de la funcionaria se deben anotar dichos inmuebles a valor de adquisición, pero de ahí a que sea delito, cuando se habla de un funcionario, estimar el valor de su fortuna, está muy lejos de que pueda prosperar una demanda en contra de Loret de Mola y menos de “Latinus”.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha distinguido entre el informar de un hecho, por parte de un periodista, a la supuesta calumnia, como ahora acusan al comunicador, ya que Irma Eréndira es funcionario público y eso provoca un grado de exposición que no tiene un particular, y permiten a un periodista, bajo el ejercicio constitucional de las libertades de expresión e información gozar de una posición preferencial cuando son ejercidas por los profesionales de la prensa, libertades que alcanzan un nivel máximo cuando dichos derechos se ejercen por los profesionales del periodismo a través del vehículo institucionalizado de formación de la opinión pública, que es la prensa, entendida en su más amplia acepción.

Al respecto, la libertad de expresión tiene por finalidad garantizar el libre desarrollo de una comunicación pública que permita la libre circulación de ideas y juicios de valor inherentes al principio de legitimidad democrática. Así, las ideas alcanzan un máximo grado de protección constitucional cuando: a) son difundidas públicamente; y b) con ellas se persigue fomentar un debate público, extremos que colma la nota periodística de Loret de Mola, por más tendenciosa que parezca para algunos.

Es de explorado derecho que “cuando se ejerce “periodismo de denuncia” mediante la difusión de notas periodísticas, opiniones, declaraciones o testimonios que tienen por objeto divulgar información de interés público, ya sea para toda la sociedad o para una comunidad determinada, como la denuncia de irregularidades en el ejercicio de la función pública, o de un trato diferenciado en la aplicación de la ley en favor de grupos privilegiados, ya que es de interés público que no haya privilegios o excepciones en la aplicación de la ley.

Por tanto, no puede sancionarse un escrutinio intenso por parte de la sociedad y de los profesionales de la prensa, en aquellos casos en donde existan indicios de un trato privilegiado o diferenciado no justificado.” Así lo sostiene la Primera Sala de la Suprema Corte, por lo que dudo que prospere una demanda en contra de “Latinus”.

Inmediatamente la “CuatroTé” lanzo miles de bots en redes sociales a tratar, sin suerte, de descalificar el citado reportaje, mas bien con una furia inusitada y carente de lógica, crítica a la que se sumaron desde Doña Olga, nuestra Secretaria de Gobernación, el vocero del Gobierno de México, varios Secretarios, subsecretarios, destacando Lopez-Gatell, y demás funcionarios de menor nivel, aplaudo dicha solidaridad, pero ninguno de ellos, además de criticar al comunicador, desvirtúa lo publicado en el reportaje. Gatell no puede con la pandemia pero de científico ya es más político.

Lo más fácil en lugar de hacer tanto escándalo y amenazar con demandas aquí y en los Estados Unidos, es aclarar, de donde vinieron los recursos para adquirir dichos inmuebles, de contado, y el motivo por el cual el entonces Gobierno del Distrito Federal, curiosamente cuando el titular era Marcelo Ebrard le “donó” un predio, si aclara eso, y además presentar avalúos de los inmuebles de las propiedades con el fin de acreditar un valor diferente al señalado en el reportaje de marras, se acaba el escándalo. De entrada, lo que pesa ante la opinión pública, es que con los sueldos como académicos en la UNAM era imposible adquirir tantos inmuebles.

Yo no dudo que el Chairo académico haya recibido, situación aplaudible, donativos de sus padres para las citadas adquisiciones, ya que su padre, ese sí es un verdadero Investigador y uno de los mejores investigadores de Derecho Constitucional de la prestigiada Universidad YALE, donde tiene el reconocimiento como “profesor Sterling” lo que es el mas alto grado académico en esa Institución educativa. Así mismo, su madre, es directora de uno de los Centros de Investigación de YALE y reconocida internacionalmente como académica en la materia de anticorrupción.