Romero propone reforma que garantice se cumpla el derecho a recibir alimentos

Para garantizar el cumplimiento al derecho a recibir alimentos que tienen cónyuges, niños, adultos mayores, discapacitados y todos aquellos integrantes de la familia que se encuentran en necesidad de recibirlos, el diputado José Manuel Romero Coello propuso una reforma integral a la legislación local en esa materia.

Por considerar que la legislación estatal no es suficiente para garantizar el debido otorgamiento de alimentos a las personas que los necesitan para su subsistencia, el legislador priista propuso reformar el Código Civil, con el fin de otorgar la facultad a toda persona que conozca sobre la necesidad de otro de recibir alimentos, pueda solicitar la intervención del Ministerio Público o el Juez de lo Familiar.

José Manuel Romero señaló que de aprobarse su iniciativa de ley, toda persona podrá pedir la intervención del Estado para que se garantice el otorgamiento de los alimentos a aquellas personas que tengan la necesidad de recibirlos y que por alguna razón se encuentren impedidos para exigirlos por su propio derecho.

En cuanto al Código Penal, dijo que si bien ya se encuentran tipificados como delitos ciertas conductas relativas al incumplimiento de los deberes alimenticios, también lo es que estos tipos penales son muy limitados y no contienen los elementos necesarios para poder reprimir e inhibir puntualmente estas conductas que tanto dañan a la sociedad.

Asimismo, estimó las penas previstas para esos delitos son a todas luces incongruentes, pues en la actualidad al que incumple con sus obligaciones alimentarias respecto a su cónyuge, menores hijos o de cualquier persona incapaz de valerse por sí misma, se sanciona con pena de tres días a tres años de prisión y multa hasta por 30 unidades, lo que demuestra que las penas no son proporcionales al interés jurídico protegido por la conducta tipificada, situación que provoca una indebida impartición de justicia.

Por ello propuso crear un capitulo especifico, en el que se concentren y perfeccionen las conductas ilegales referentes al incumplimiento de las obligaciones alimentarias, planteando la introducción de figuras jurídico-penales novedosas y adecuadas para inhibir estas conductas y se establezca uniformidad y proporcionalidad en cuanto a las penas aplicables a las mismas.

En ese tenor, para quien incumpla con su obligación de dar alimentos a las personas que tienen derecho a recibirlos, Romero Coello propuso una pena de seis meses a cuatro años de prisión y multa hasta por cien salarios mínimos, además de la suspensión o pérdida de los derechos de familia.

Finalmente, con la intención de armonizar la reforma que se proponen al Código Civil, relativa a otorgar a toda persona la facultad para pedir la intervención del Estado con la finalidad de que se garantice el otorgamiento de los alimentos, se establece que los delitos que se plantea se adicionen al Código Penal se persigan por querella cuando el sujeto pasivo sea el cónyuge, concubina o concubinario, y por oficio cuando la víctima del abandono sea cualquiera otra persona respecto de quien el activo mantenga la obligación de proporcionar alimentos.

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