Hasta con 8 años de prisión se castigará el estupro

Foto: AFMedios/El Congreso aprobó importantes iniciativas.

Colima.- Para evitar dificultades a las autoridades que investigan y a las que sancionan el delito de estupro, el Congreso del Estado reformó en votación unánime el Código Penal del Estado, para tipificar como corrupción y explotación de personas las relaciones sexuales producto del comercio carnal con gente mayor de 14 y menor de 18 años.

La reforma Penal, que tuvo como iniciadora a la diputada priista Mely Romero Celis, explica que el párrafo primero del artículo 211 del Código Penal del Estado, tipifica el delito de estupro en aquella persona que tenga cópula con persona mayor de catorce y menor de dieciocho años, obteniendo su consentimiento por medio de la seducción o engaño; mientras el segundo párrafo señala que no se consideran como estupro los casos en que la relación sea producto del comercio carnal.

El dictamen a favor de la reforma, señala que ese segundo párrafo no especifica qué delito se comete cuando la relación es producto del comercio carnal, lo que genera ambigüedades y dificultades para las autoridades competentes encargadas de la investigación, persecución y sanción del delito.

Por ello, el dictamen de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucional establece en el segundo párrafo del artículo 211 del Código Penal de Colima, bajo qué tipo penal se sancionará el hecho de que una persona tenga cópula con persona mayor de catorce y menor de dieciocho años, cuando la relación se da como producto del comercio carnal.

Aprobada por unanimidad, la reforma penal señala que ese tipo de relación sea sancionada en términos de lo previsto para el delito de corrupción y explotación de personas, que establece una sanción de hasta ocho años de prisión y multa de 150 salarios mínimos.

Cuando presentó su iniciativa de reforma, la diputada priista aseguró que las actividades delictivas en contra de menores de edad se han incrementado considerablemente en todo del país, y aunque en Colima las autoridades estatales y municipales se encuentran coordinadas e implementan campañas para evitar que la niñez sea objeto de delitos, deben precisarse en la legislación los tipos penales así como la sanción respectiva.

En este sentido, dijo que la iniciativa busca proteger a la niñez y juventud colimense, así como sancionar con mayor rigor aquellas conductas delictivas que les causen un daño en su integridad física y emocional.

Incorporan al Código Penal el delito de desaparición forzada de personas

En votación unánime, también, el Congreso del Estado modificó el Código Penal para crear el delito de desaparición forzada de personas, que se configura al mantener oculta a una o varias personas, o cuando se autoriza, apoya o consiente que otros lo hagan sin reconocer la existencia de tal privación.

La adición aprobada establece que cuando la desaparición forzada de personas con motivo de sus atribuciones la ejecuta u ordena un servidor público del Estado de Colima o sus municipios, al inculpado puede imponérsele una pena de hasta 40 años de prisión y una multa de hasta mil salarios mínimos.

Cuando el delito lo cometa un particular por orden, autorización o con el apoyo de un servidor público, se le impondrán de ocho a quince años de prisión y de 150 a 500 unidades de salario mínimo de multa.

El nuevo tipo penal fue incorporado al catálogo de delitos graves, por lo que el inculpado no podrá obtener la libertad bajo caución.

A iniciativa del diputado Milton de Alva Gutiérrez, del PAN, la reforma penal señala que el desacato a la autoridad para tener inmediato acceso al lugar donde haya motivos para creer que se pueda encontrar a una persona desaparecida por parte del servidor público responsable del mismo, será sancionada con la inhabilitación de su cargo, comisión o empleo públicos.

Asimismo, se equipara al delito de desaparición forzada de personas, la ocultación de familiares de víctimas de este delito o nacidos de una madre víctima de desaparición forzada durante el cautiverio.

Después del estudio y análisis de la iniciativa, la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales estimó viable la propuesta de crear el nuevo tipo penal, en virtud de los tratado internacionales en esa materia suscritos por México y ratificados por el Senado de la República.

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