México.- La Fiscalía General de la República (FGR), a través de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (FEDE), ha dado respuesta inmediata a un gran número de denuncias ciudadanas, en el sentido de que se está violentando el artículo 19 de la Constitución Mexicana, que ordena prisión preventiva oficiosa por el uso de programas sociales con fines electorales, lo cual se ratifica en el artículo 7, fracción VII, y 6 de Ley General en Materia de Delitos Electorales, así como en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Este caso, del que se ha abierto la carpeta correspondiente, es el referido concretamente a ese ilícito, atribuido a Adrián “D”, por solicitar el voto femenino a su favor, a cambio de la entrega de una denominada “tarjeta rosa”, que permite obtener dinero, una vez que dicho candidato gane las elecciones para gobernador del estado de Nuevo León; lo cual significa la compra y coacción del voto.
Las reformas legales que actualmente son vigentes se llevaron a cabo frente a precedentes continuos del uso de programas sociales, tarjetas y monederos electrónicos para la compra y coacción del voto, en elecciones federales y locales, lo cual ya se ha analizado como antecedentes de estas conductas delictivas, en la indagatoria correspondiente.
La carpeta de investigación, junto con todas las pruebas que ya se han recabado, se judicializará en breve, ante la autoridad correspondiente.
Asimismo, se han recibido denuncias diversas, la última de las cuales proviene de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, en contra de Samuel “G”, candidato a la gubernatura del estado de Nuevo León; de su padre Samuel “G”; de su esposa Mariana “R”; y del padre de ésta, Jorge “R”; por hechos presuntamente delictivos, señalados en el artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, que se refiere a aportaciones en dinero o en especie, así como fondos o bienes de origen ilícito, utilizados, en forma ilegal, para fines electorales.
Todo lo cual se está investigando en una carpeta específica, en la que se están desahogando todas las denuncias y las pruebas aportadas, para obtener, a la brevedad posible, la determinación jurídica que proceda en este caso, en el que las denuncias vinculan a una serie de personas físicas y morales, así como operaciones diversas, que han sido señaladas en sus montos y fechas, por la propia autoridad hacendaria.