Exhortan a Hacienda condone recargos a deudores de la tenencia de 2009

A través de un punto de acuerdo, el Congreso del Estado exhortó a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que condone los recargos, multas y gastos de ejecución a los contribuyentes que no han cubierto el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos correspondiente al año 2009, cuando esa contribución era de carácter federal.

Presentado por el priista Francisco Zepeda González, a nombre de los legisladores del PRI, Partido Nueva Alianza y Partido del Trabajo, el punto de acuerdo señala que el 14 de septiembre de 2007 fue aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, el decreto que abrogó la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, el cual entrará en vigor a partir del primero de enero de 2012,

Apuntó que ese decreto estableció que si antes de su entrada en vigor las entidades federativas que lo consideraran conveniente trasladaban al ámbito local esa contribución, sería suspendido el cobro del impuesto federal, para evitar la duplicidad del gravamen.

El legislador manzanillense señaló que a pesar de la abrogación a la Ley del Impuesto sobre Tenencia Vehicular, se tiene conocimiento que un considerable número de usuarios de vehículos no han cubierto el impuesto federal de referencia; situación que ha provocado un rezago de contribuyentes incumplidos, dando pie a que la autoridad fiscalizadora incluya, además del cobro del impuesto, sus accesorios, los cuales se traducen en multas, recargos y gastos de ejecución.

En ese sentido, mencionó que el propio decreto que abroga la Ley del Impuesto sobre Tenencia Vehicular, estableció que las obligaciones nacidas durante su vigencia por la realización de las situaciones jurídicas previstas en dicho ordenamiento, deberán ser cumplidas en las formas y plazos establecidos en la misma y en las demás disposiciones aplicables.

Zepeda González expuso que quienes hasta la fecha no han cubierto sus obligaciones derivadas de la ley federal de referencia, se les han originado multas, recargos y gastos de ejecución; aumentando considerablemente el adeudo a la autoridad hacendaria por su incumplimiento.

Por ello, señaló, para aquellas personas que aún no cumplen con esa obligación tributaria, se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y al Congreso de la Unión, para que implementen medidas de apoyo para aquellos contribuyentes que han incumplido con el pago correspondiente, condonándoles las multas, recargos y gastos de ejecución derivados de la falta de pago de que se trata, a efecto de que cumplan con su obligación tributaria sustantiva y cubran solamente el monto original del impuesto.

Derechos reservados AFMEDIOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí