Ciudad de México.- En atención al interés de los contribuyentes por cumplir con la presentación de la Declaración Anual y, en su caso, obtener la devolución de su saldo a favor, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la ampliación del plazo al 15 de mayo, para que las personas físicas obligadas puedan declarar, sin actualizaciones ni recargos.
Con esta ampliación del plazo se da oportunidad a los patrones que aún presentan inconsistencias en los datos capturados en los comprobantes de nómina, tales como: captura errónea de conceptos como primas vacacionales, primas de antigüedad, ingresos por jubilación, separación e indemnización, diferencias entre lo reflejado en comprobantes y lo pagado e incongruencias entre los totales de los comprobantes y sus subtotales.
Desde el 3 de abril el SAT dio a conocer las facilidades y la herramienta para que las personas físicas puedan presentar la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio fiscal 2017.
El Jefe de SAT Osvaldo Santín Quiroz dijo que este año es la primera vez que se utiliza directamente la información vertida en las facturas para prellenar la parte correspondiente a ingresos en la Declaración Anual, a diferencia de otros años que se obtenía de las declaraciones informativas de terceros y de las declaraciones mensuales.
También anunció, como parte de las novedades para este año, que en la misma aplicación para declarar se pueden consultar los recibos de nómina que los patrones emitieron durante 2017 y que para hacer más eficientes el proceso de devolución se implementaron validaciones en la declaración que anteriormente se hacían manualmente, y se incorporó al aplicativo el campo “consulta de devolución”, donde se puede ver el estatus de la devolución y los motivos de rechazo.
La aplicación se publicó en el portal la última semana de marzo y las primeras devoluciones se depositaron el 3 de abril.
Hasta el 27 de abril, el SAT había recibido 3.3 millones de declaraciones, de las cuales 2.8 millones tienen saldo a favor. Además, se había autorizado la devolución de 7 mil 9 millones de pesos a los contribuyentes que a ese momento habían presentado la declaración.
Desde julio del año pasado, el SAT ya había informado en varias ocasiones a los patrones sobre estas inconsistencias, lo que permitió que miles corrigieran a tiempo. Sin embargo, incluso en abril algunos continuaban ajustando los comprobantes de nómina que debieron corregir desde enero.
Es importante recordar que las personas físicas obligadas a presentar declaración, son aquellas que prestan servicios profesionales, realizan actividades empresariales, arrendamiento, intereses, asalariados con dos o más patrones o con otra actividad, entre otros. BP