Régimen de (des)confianza fiscal

Por Héctor Romero Fierro

Comentábamos en términos generales el “paquete económico” para el próximo año presentado por López ante la Cámara de Diputados, mismo que propone modificar SOLO 80 artículos de la Ley del Impuesto sobre la renta (ISR), 8 en la del Valor Agregado (IVA), 7 en la del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), 2 en la del Impuesto sobre Automóviles Nuevos (ISAN) y 103 en el Código Fiscal de la Federación (CFF).

El tema más discutido por los que se dicen “expertos en la materia fiscal”, es la creación de un nuevo régimen fiscal para las personas físicas que obtengan ingresos hasta tres millones quinientos mil pesos, que les permitirá pagar un pequeño porcentaje (del 1% al 2.50%) aplicado directamente sobre los CFDI realmente expedidos (comprobante Fiscal Digital por Internet) lo que implica, del 1 de enero en adelante, la desaparición del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), pero NO la desaparición de esa ventaja fiscal para todas aquellas personas que ya vienen tributando en él.

Con pésima técnica legislativa, que de entrada da la apariencia de la total desaparición del RIF, al analizar la reforma en su conjunto, se llega a la conclusión de que pueden seguir gozando de los beneficios que el mismo contempla, por lo que ya están en él hasta el 31 de agosto pasado, por diez años a partir de su incorporación, por lo que pocos migrarán al de (des)confianza, simplemente porque no se les puede privar de un derecho ya adquirido, recordemos que una norma posterior no podrá modificar las condiciones en que entraron al RIF sin violar el derecho humano establecido en nuestra Constitución de irretroactividad de la ley.

Con las modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta esperan crecer la recaudación por ese concepto en un 38.9% para 2025, solo del Régimen de Confianza estiman pase de 12 mil 49.1 millones de pesos a 16 mil 738 millones de pesos en 2025, situación que dudo, ya que no veo incentivo alguno para salir de la informalidad e incrementar la base de contribuyentes cautivos, informalidad donde se mueven millones de NO contribuyentes.

Con este régimen (des)confianza no será necesario llevar contabilidad ni presentar declaraciones informativas, ya que el pago del ISR girará en torno a la expedición de CFDI; sin embargo, está es necesaria para el pago del IVA y en su caso IEPS (La fiscalización verdadera será vía tus cuentas bancarias). Pero, no cualquiera podrá adoptar el nuevo régimen, ya que aquellos que sean socios, accionistas o integrantes de personas morales, o sean partes relacionadas; o sean residentes en el extranjero con establecimiento en el país; obtengan ingresos de paraísos fiscales; perciban honorarios como miembros de consejos, administradores, comisarios o gerentes; asimilables a salarios y otros, no podrán tomarlo.

Con este régimen la autoridad se desentenderá de las PYMES y se enfocará en los grandes contribuyentes, que son a los que está dirigida la reforma 2022 que solo afina la mira contra estos, sector amenazado y perseguido, lo que ha ocasionado que muchos grandes empresarios retiren de México su operación internacional dejando en el país solo las operaciones domésticas (para evitar eso se reforma el CFF en materia de residencia fiscal).