«Infundada la denuncia del PAN en contra del gobernador»: IEE

Foto: AFmedios / Consejero electoral del IEE Felipe Velazquez

Colima.- El Consejo General del Instituto Electoral del Estado, declaró infundados los señalamientos del PAN en contra del gobernador Mario Anguiano Moreno, al acusarlo de contravenir lo dispuesto en el artículo 182 del Código Electoral del Estado y hacer una promoción desmedida de su imagen con motivo de su segundo informe de gobierno.

En el marco de la quinta sesión ordinaria del proceso electoral local 2011-2012, los consejeros resolvieron la denuncia de hechos que el pasado 6 de enero presentó ante la oficialía de partes del Instituto Electoral del Estado, el comisionado propietario del PAN, Francisco José Yáñez Centeno y Arvizu.

En su denuncia, Acción Nacional establecía que si bien el pasado 18 de diciembre de 2011, el mandatario estatal rindió su segundo informe de labores, al día que se presentó la queja formal ante éste órgano colegiado, 6 de enero de 2012, habían pasado los cinco días posteriores a los cuales por ley, toda autoridad tiene derecho a exhibir la publicidad generada luego de su informe.

La denuncia del PAN establecía que al día que presentaron la denuncia, el gobernador Mario Anguiano Moreno todavía publicitaba su informe de gobierno en la página web oficial, con dirección en www.colima-estado.gob.mx, así como en al menos cinco anuncios espectaculares ubicados en diferentes puntos de la ciudad de Colima.

El proyecto de resolución presentado por el consejero Felipe Velázquez Rueda y que fue aprobado por unanimidad, establece que el día 7 de enero de 2012, la secretaria ejecutiva del Instituto Electoral del Estado, Ana Carmen González Pimentel, llevó a cabo un recorrido por diversos puntos de la ciudad de Colima a fin de constatar la existencia de diferentes espectaculares referidos en la denuncia presentada.

De igual forma, el mismo día, la funcionaria electoral realizó una inspección ocular a la página de internet de Gobierno del Estado www.colima-estado.gob.mx para confirmar si todavía se exhibía la publicidad citada por Acción Nacional en la denuncia que fue admitida por el Consejo General del Instituto Electoral del Estado, el 11 de enero de 2012.

Una vez admitida la denuncia, con fundamento en el artículo 317 del Código Electoral del Estado, se emplazó al gobernador Mario Anguiano Moreno, para que dentro del plazo de cinco días contados a partir del día siguiente al que se le notificó formalmente el acuerdo de referencia, contestara a las imputaciones que le formularon.

El consejero Felipe Velázquez dio a conocer que fue el 13 de enero de 2012 cuando se le notificó formalmente al gobernador sobre la denuncia presentada por el PAN. En razón de lo anterior, el 18 de enero de 2012, el director general de Gobierno, José Alberto Peregrina Sánchez, en su calidad de apoderado general para pleitos y cobranzas del Gobernador, presentó respuesta.

Derivado de lo anterior y haciendo las valoraciones de las pruebas aportadas, se estableció, que si bien es cierto que la propaganda institucional que se denuncia, colocada en espectaculares y en la página de internet de Gobierno del Estado, se refiere al informe anual de labores del gobernador, no se trata de mensajes que se estén transmitiendo en radio o televisión, situación prevista en el artículo 182 del Código Electoral del Estado; por lo que no se transgrede dicha normatividad en cuanto a los medios por los que se da a conocer las acciones de gobierno.

El artículo 182 del Código Electoral del Estado, que según el PAN violó el gobernador, también establece que la difusión de los informes de gobierno “en ningún caso (…) podrá tener fines electorales, ni realizarse dentro del periodo de campaña electoral”.

En ese tenor, el acuerdo establece que los mensajes publicados en espectaculares y en la página de internet de Gobierno del Estado, respecto al segundo informe anual de labores del gobernador, no tienen carácter electoral, toda vez que no están dirigidos a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, a favor o en contra de partidos políticos.

De igual forma, los mensajes publicados no buscan influir en las preferencias de candidatos a cargos de elección popular y tampoco fueron producidos ni difundidos por algún partido político, ni candidato; aparte, no propician la exposición, desarrollo y discusión ante el electorado de los programas y acciones fijados por algún instituto político en sus documentos básicos o plataforma electoral.

Asimismo, se establece que la información publicitada no tiene carácter electoral toda vez que el gobernador Mario Anguiano Moreno no se encuentra en algún tipo de contienda, no es precandidato, ni mucho menos candidato a algún cargo de elección popular local o federal.

“Luego entonces, lo que se da a conocer a través los mensajes fijados en espectaculares y en la página de internet de Gobierno del Estado, es la rendición de cuentas de un año más de labores del Licenciado Mario Anguiano Moreno, Gobernador Constitucional del Estado, con la finalidad de que la sociedad este debidamente informada, toda vez que es obligación de cualquier servidor público rendir cuentas al pueblo para el cual sirve, correlativo al derecho transparencia y acceso a la información pública gubernamental de la sociedad”, dice el acuerdo aprobado.

En la resolución aprobada se estableció que aunado a que la información no tenía fines electorales, tampoco se difundió durante el periodo de campañas electorales, ya que dicho periodo de conformidad con el artículo 178 del código electoral local, dará inicio una vez que los consejos municipales electorales o el Consejo General, en su caso, celebren las sesiones correspondientes al registro de las candidaturas que se presenten y que procedan” y concluirán 3 días antes de que tenga verificativo la jornada electoral, situación que aún no acontece.

Acción Nacional aseguró en su denuncia, que en los anuncios espectaculares y en la página web referidos existe una promoción de la imagen del gobernador, sin embargo, en la diligencia que realizó la secretaria ejecutiva del Instituto Electoral del Estado, no se observa la figura de Mario Anguiano Moreno en ninguno de los anuncios espectaculares referidos.

Por lo que toca a la página web oficial, es importante señalar lo establecido en el Reglamento del Instituto Federal Electoral en Materia de Propaganda Institucional y Político Electoral de Servidores Públicos, en su artículo 4, que a la letra dice:

“Artículo 4.- Tendrá carácter institucional el uso que entes públicos, partidos políticos y servidores públicos hagan de los portales de Internet, con la fotografía y nombre de dichos servidores para fines informativos, de comunicación con ciudadanos o de rendición de cuentas…”

Luego entonces, los mensajes del gobernador que se muestran en la página de internet del Gobierno del Estado, tendrán un carácter institucional, “y no de carácter electoral, toda vez que no está dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular”.

Las partes en el presente procedimiento tienen la facultad de recurrir este fallo en primer término, ante el Tribunal Electoral del Estado de Colima y en segundo ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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