Ciudad de México.-La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), ganó una sentencia en acción colectiva en contra de AT&T por lo que la empresa deberá pagar por daños y prejuicios, más 20 por ciento como indemnización y 9 por ciento como interés legal anual por cobros indebidos en 2012, 2013 y 2014.

La Profeco emitió un comunicado detallando que en acción colectiva se hizo en contra de AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., causahabiente por fusión de las codemandadas NII Telecom, S. de R. L. de C. V., Servicios de Radiocomunicación Móvil de México, S. de R.L. de C.V. (antes Servicios de Radiocomunicación Móvil de México, S. A. de C. V.), Delta Comunicaciones Digitales, S. de R. L. de C. V., Inversiones Nextel de México, S. de R.L. de C.V. (antes Inversiones Nextel de México, S. A. de C. V.), Comunicaciones Nextel de México, S. de R.L. de C.V., y NII Digital S. de R.L. de C.V.; todas conocidas comercialmente como “Nextel”, ahora “AT&T”.

En 2013, la Profeco promovió una acción colectiva en contra de “Nextel”, ahora “AT&T”, por haber realizado cobros indebidos de: A) servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenidos diferentes a los planes o paquetes ofrecidos; B) por servicios adicionales cancelados, en donde la empresa continuó cobrando a los usuarios con cargo a sus tarjetas bancarias; y C) ajustes y cobro de tarifas sin aclaración, sin previo aviso y aceptación expresa de los consumidores. Conductas indebidas que “Nextel”, ahora “AT&T”, llevó a cabo en los años 2012, 2013 y 2014.

“Nextel”, ahora “AT&T”, efectuó cobros indebidos derivados de la deficiencia en su servicio de telefonía móvil, ya que en su página http://www.nextel.com.mx/cobertura.html ofrecía servicios de tecnología 4G o Cuarta Generación, a los que denominaba “Radio Evolution”, comprobándose en juicio, que la tecnología que utilizaba era inferior a la publicitada, lo que denota el uso de publicidad abusiva y engañosa, a fin de inducir a los consumidores en el error para adquirir sus servicios.

Profeco ganó la primera y segunda instancia del Juicio de Acción Colectiva a “Nextel”, ahora “AT&T”, y en contra de las resoluciones dictadas en dichas instancias, ya bajo la razón social de “AT&T”, promovió un amparo, que le fue negado por el H. Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

La empresa, inconforme, promovió un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que fue declarado improcedente, por lo que el proveedor debe pagar daños y perjuicios a los consumidores afectados, más el 20 por ciento de indemnización y 9 por ciento adicional de interés legal anual, por los diversos cobros indebidos detallados en los párrafos precedentes.

Esto podría beneficiar a más de 3.8 millones de usuarios de “Nextel”, ahora “AT&T”, de acuerdo a los informes rendidos por la Comisión Federal de Telecomunicaciones, el Instituto Federal de Telecomunicaciones y al Banco de Información de Telecomunicaciones.

“Nextel”, ahora “AT&T”, contaba en el año 2012, con 3 millones 851 mil 153 consumidores, por lo que todo ese universo de personas, que hayan sido afectadas en los años 2012, 2013 y 2014, pueden sumarse a los beneficios de dicha sentencia colectiva, y no solamente las personas que participaron en la presentación de la demanda original.

Los consumidores que adquirieron servicios de telefonía móvil con “Nextel”, ahora “AT&T”, en los años 2012, 2013 y 2014, a quienes se les hayan realizado cobros indebidos en los términos ya precisados, tienen el derecho de reclamar el pago de esa afectación, hasta antes del día 27 de septiembre de 2019, ello mediante la interposición de un Incidente de cuantificación de daños ante el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México, dentro del Juicio de Acción Colectiva, promovido y ganado por Profeco a “Nextel”, ahora AT&T”, expediente judicial 482/2013.

En el caso de que los afectados no quisieran interponer el incidente de cuantificación de daños por sí mismos ante el Juzgado, podrán acudir a la Profeco para ser auxiliados en su trámite.

Los afectados pueden ponerse en contacto con Profeco, a través del Portal de Acciones Colectivas http://acolectivas.profeco.gob.mx/, enviar un correo electrónico a: acolectivas@profeco.gob.mx, o bien, llamar a la Dirección General Adjunta de Acciones de Grupo, al teléfono 56256700, extensiones 11292, 11773, 11357, 11180, 11948 y 11176, de lunes a viernes, en un horario de 9 de la mañana a 6 de la tarde. BP