«Más de 59 millones de personas han sido desplazadas de su hogar por la fuerza»: ONU

Colima.- El 20 de junio, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) conmemora el Día Mundial de los Refugiados, una fecha establecida para recordar la situación que padecen millones de personas que se han visto obligadas a abandonar su hogar por un conflicto o por persecución.

En su mensaje de 2015, la ONU refiere que a fines de 2014 había 59.5 millones de personas desplazadas por la fuerza en todo el mundo. Esta cifra, asegura la institución, es la más alta de toda la historia de la humanidad, y  significa que uno de cada 122 personas son refugiadas, desplazadas o buscan asilo.

Las crisis humanitarias más severas en la actualidad, por número de refugiados y desplazados, son los conflictos de Siria, Iraq, Ucrania, Sudán del Sur, República Centroafricana, Nigeria y amplias zonas de Pakistán.

“En 2014, cada día 42 mil 500 personas se convirtieron en refugiados, solicitantes de asilo o desplazados internos; este ritmo se ha cuadruplicado en tan solo cuatro años. Al mismo tiempo, muchos conflictos de larga data siguen sin resolverse, y el número de refugiados que pudieron regresar a su hogar el año pasado fue el más bajo en más de tres decenios. Las situaciones de asilo prolongado duran ahora un promedio de 25 años”.

La ONU detalla que una creciente oleada de personas desarraigadas busca protección frente a la persecución y la violencia.

“Muchos no tienen más opción que intentar conseguir su seguridad utilizando medios peligrosos, como ha demostrado el marcado aumento de los viajes clandestinos por barco en el Mediterráneo, Asia Sudoriental y en otras zonas del mundo”.

Asimismo, la institución pide a gobiernos y sociedades de todo el mundo que renueven su compromiso de brindar refugio y seguridad a quienes lo han perdido todo como consecuencia de un conflicto o de la persecución.

“Ahora que 86 por ciento de los refugiados viven en el mundo en desarrollo, y que el sistema de respuesta humanitaria está cada vez más al límite, la solidaridad internacional y la distribución de la carga son cruciales para satisfacer las necesidades de las comunidades desplazadas, así como las de las comunidades de acogida”.

Cifras

La ONU estima que a finales de 2011, 43.3 millones de personas en todo el mundo fueron desplazadas por la fuerza debido a los conflictos y la persecución.

Entre los refugiados y las personas en situaciones como refugiados, los niños constituyen el 46 por ciento de la población.

A finales de ese mismo año, 876 mil 100 solicitudes de asilo o de la condición de refugiado se presentaron en 171 países o territorios.

Derechos de los refugiados

Los refugiados se encuentran entre las personas más vulnerables del mundo. La Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su protocolo de 1967 constituyen los instrumentos legales únicos que amparan la protección internacional de los refugiados, explica la ONU. Según sus provisiones, los refugiados merecen como mínimo los mismos estándares de tratamiento que el resto de extranjeros en un país y, en muchos casos, el mismo tratamiento que los nacionales.

La Convención de 1951 define quién es un refugiado y estipula sus derechos, así como sus obligaciones hacia el país de acogida. Esta convención se sustenta en el principio de no devolución; es decir, un refugiado no debe ser devuelto a un país donde se enfrenta a graves amenazas a su vida o su libertad.

«Esta protección no puede reclamarse por los refugiados que están considerados un peligro razonable para la seguridad del país, que hayan sido condenados por un delito particularmente grave o que se consideren un peligro para la comunidad.

Los derechos contenidos en la Convención de 1951 incluyen:

  • El derecho a no ser expulsado, excepto bajo ciertas condiciones estrictamente definidas;
  • El derecho a no ser castigado por entrada ilegal en el territorio de un Estado contratante;
  • El derecho al empleo remunerado;
  • El derecho a la vivienda;
  • El derecho a la educación pública;
  • El derecho a la asistencia pública;
  • El derecho a la libertad de religión;
  • El derecho al acceso a los tribunales;
  • El derecho a la libertad de circulación dentro del territorio;
  • El derecho a emitir documentos de identidad y de viaje.

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