ESTACIÓN SUFRAGIO

LA FACULTAD PUNITIVA

Por: Adalberto Carvajal

En diferentes foros, Gerardo Laveaga, director general del Instituto Nacional de Ciencias Penales, se ha manifestado a favor de que el presidente de la República mantenga la facultad constitucional de proponer al que será el primer titular de la Fiscalía General de la República (FGR), la entidad que sustituirá a la Procuraduría General de la República (PGR).

Existe una confusión, ha dicho el investigador, respecto al papel autónomo que debe tener el nuevo fiscal. Las ONG que reclaman dicha autonomía lo hacen pensando en las características que debe tener un fiscal anticorrupción, no un fiscal general.

“Todos estamos de acuerdo en que se deben combatir la corrupción y los altos niveles de impunidad. Cuando vemos que algunas procuradurías tienen un nivel de impunidad de hasta 95%, es claro que tenemos que hacer algo. Pero en el debate sobre la autonomía de la fiscalía hay una confusión”, comentó Laveaga en entrevista con Proceso (No. 2176, 15 de julio de 2008).

Hay que castigar a los funcionarios corruptos, pero la verdad es que los delitos de los servidores públicos no se pueden perseguir igual que los de la delincuencia federal: “El resultado es que no se persiguen unos ni otros. Por eso es necesaria una fiscalía anticorrupción independiente, que única y exclusivamente se concentre en los delitos de los servidores públicos”.

La sociedad civil que se alarma al ver cómo los ministerios públicos han estado siempre al servicio de los presidentes y de los gobernadores en México, olvida que “el bono democrático lo tiene el presidente de la República, que es quien gana una elección y presenta un programa de gobierno. Para ser autónomo, el fiscal general tiene que ser electo, pero no es el caso de México”.

Aquí, “el Estado no puede renunciar a su facultad sancionadora. Hay que garantizar que se castigue el delito, pero eso no se logra con una fiscalía general autónoma”. Y explica:

“Los delitos se enfrentan a partir de la discrecionalidad, como en Estados Unidos o Inglaterra [donde se establecen prioridades]; o de la legalidad, como en Italia y España, donde se dice que se tiene que perseguir todo. Pero ningún país tiene un aparato para perseguir todos los delitos que se cometen.

“La autonomía implicaría que el fiscal decidiera qué delitos sí y cuáles no perseguir. Y en ese caso, el presidente de la República, quien goza del bono democrático, carecería de la discrecionalidad para la persecución de los delitos de acuerdo con su política criminal.”

El tema del fiscal anticorrupción, dice Laveaga, va por separado: “En este caso estamos ante un modelo moderno en el que el Estado sí puede ceder parte de su potestad punitiva. Pero sólo para delincuencia gubernamental, para perseguir a los servidores públicos corruptos.

“En los demás delitos, el presidente tiene que decidir y el procurador ser su empleado. Las organizaciones no gubernamentales están disparando balas al aire. En lugar de concentrarse en la fiscalía anticorrupción lo están haciendo en una institución del Estado, que es la facultad punitiva, a la que ningún Estado va a ceder.”

FISCAL TRANSEXENAL:

Me quedo con esta idea, el titular del Ejecutivo tiene esa potestad punitiva y le corresponde establecer la política de combate a la criminalidad.

La discusión de si le corresponde a o no influir en la designación de su procurador es ociosa. La autonomía hay que reservarla para el fiscal anticorrupción, por la misma razón por la que vemos que en Estados Unidos todo fiscal especial designado para investigar al presidente (como pasó con Richard Nixon, Bill Clinton y ahora Donald Trump) es autónomo, aunque su jefe el procurador general no lo sea.

En Colima nos estamos ciñendo a esta cultura de la autonomía impulsada por organizaciones no gubernamentales, y el Congreso se prepara para designar a un fiscal general que estará en el cargo seis años, con opción a reelegirse.

De este modo se le da gusto a quienes postulan la idea de un procurador de justicia ajeno a las decisiones políticas del Gobernador. Pero eso no ocurrirá con Ignacio Peralta porque, en atribución de la facultad de designar al primer fiscal del estado, nombrará seguramente a un hombre de sus confianzas.

A quien sí perjudicarán es al siguiente mandatario, que estará impedido de desplegar su propia política anticriminal. Si bien, quedará a salvo de responder por los errores, abusos (¿ya se olvidaron de Jesús Antonio Sam López?) u omisiones del fiscal general, al menos durante la primera mitad de su administración.

El espíritu que llevó a terminar con los magistrados sexenales, con esa costumbre política de que el gobernador en turno tuviera su propia judicatura como tenía el control de sus dos legislaturas, no aplica en el caso de la fiscalía general.

De otra manera, estaremos creando en Colima un cuarto poder: el de la procuración de justicia. Y, además, será un cuarto poder transexenal, lo cual resulta si no inconstitucional (porque están haciendo las reformas a modo) sí incorrecto, impolítico e impráctico.

FUE EL 25 NO EL 20:

El Batallón de Infantería de Colima que se fue a Chiapas en 1978 fue el 25º, precisa otro lector que era miembro de las fuerzas armadas por esa época. Se hizo el intercambio por el 29 Batallón de Infantería.

Muchos colimenses que se fueron en esa tropa, regresaron después a su estado. Aunque algunos se quedaron allá porque formaron familias, lo mismo que les ocurrió a los chiapanecos que llegaron con el 29 BI.

Este mismo lector nos explica que, inicialmente, la colonia para jefes y oficiales era la que está por la avenida San Fernando, frente a la Univa.

“Dentro de las instalaciones de la 20 ZM estaba una pequeña colonia para la tropa. No sé si después casas hicieron para jefes y oficiales”, señala.

Aunque nuestra primera fuente asegura que sí, en efecto, además de la casa del comandante de la XX Zona, después se construyeron viviendas para otros jefes y oficiales dentro del campo militar de Calzada Galván.

Mi correo electrónico: carvajalberber@gmail.com