Diputados aprueban reunión con presidentes municipales

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Colima.- El diputado Rigoberto Salazar Velasco, a nombre de los legisladores del PRI, PANAL y PT presentó en sesión ordinaria un Punto de Acuerdo, el cual fue aprobado por unanimidad, para convocar a los Presidentes Municipales de los diez ayuntamientos de la Entidad, a una reunión de trabajo a celebrarse a las 12:00 horas de este viernes, en la Sala de Juntas “Francisco J. Mújica” del Congreso del Estado.

La reunión es para que por conducto del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental de Estado, emita las recomendaciones pertinentes para evitar que los ayuntamientos autoricen la creación de plazas laborales, que disminuyan innecesariamente la capacidad del Ayuntamiento para destinar mayores recursos al gasto de inversión y desarrollo, así como a la prestación de los servicios públicos, además de hacer del conocimiento las sanciones en que podrían incurrir por la omisión de los principios a que está sujeto el ejercicio del presupuesto.

El Punto de Acuerdo fue aprobado por unanimidad señala que una de las causas por las que los ayuntamientos del país tienen problemas económicos, consiste en la gran plantilla laboral con que cuentan, por lo que en ocasiones sus recursos no alcanzan ni para pagar la nómina, existiendo un claro ejemplo en los municipios de Churintzio y Susupuato del Estado de Michoacán de Ocampo.

Ante esta situación, los ayuntamientos de nuestro Estado, deben tomar medidas de precaución para evitar que la crisis financiera se agudice, al grado que tengan que paralizar la prestación de los servicios básicos a sus habitantes, lo que además generaría una crisis social con las consecuencias que ello implica.

Por lo que es necesario precisar que esta Soberanía, en ejercicio de la función fiscalizadora de los recursos públicos, emite, conjuntamente con el Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, las recomendaciones y unificación de criterios en materia de creación de plazas laborales en los gobiernos municipales de la administración pública centralizada y paramunicipal:

Toda plaza laboral municipal deberá estar contenida en los respectivos presupuestos de egresos para cada ejercicio fiscal; debidamente cuantificable e integrado el sueldo y demás prestaciones inherentes de acuerdo al nivel de remuneraciones autorizadas en el momento de elaboración de la propuesta, con la adscripción correspondiente.

Además, la creación de las plazas presupuestales deben ser las mínimas indispensables para el funcionamiento de la administración municipal.

Las plazas presupuestales de nueva creación no deben constituir cargas burocráticas que disminuyan innecesariamente la capacidad del Ayuntamiento para destinar mayores recursos al gasto de inversión y desarrollo, así como a la prestación de los servicios públicos;

La creación y autorización de plazas laborales deberán regirse por los principios de racionalidad, austeridad y disciplina del gasto público municipal, con base en sus ingresos disponibles, al plan municipal de desarrollo y el programa de gobierno municipal.

Por lo anterior, es fundamental señalar que el Congreso local vigilará, a través del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental de Estado, que las Entidades municipales que autoricen la creación de plazas laborales, no disminuyan innecesariamente la capacidad del Ayuntamiento para destinar mayores recursos al gasto de inversión y desarrollo, así como a la prestación de los servicios públicos; además de precisar que se podrá instaurar Procedimientos de Excepción al Principio de Posterioridad, para auditar oportunamente a las Entidades Municipales que pongan en riesgo la prestación de servicios públicos por la creación de plazas laborales innecesarias y en su caso, imponer las sanciones administrativas previstas en la ley.

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