Congreso local dice que Justicia de la Unión aún no se pronuncia sobre enlaces conyugales en Colima

Foto:AFmedios/Archivo/ El congreso del estado aprobó una nueva disposición legal para hacer obligatoria la rehabilitación en adictos criminales.

Colima.- Los juzgados Primero y Segundo de Distrito no se han pronunciado aún respecto a la figura de enlaces conyugales, contemplada en la Constitución del Estado de Colima y en el Código Civil del Estado, aseguró el diputado Martín Flores Castañeda, presidente de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlmentarios del Congreso del Estado.

Esto luego de que ayer, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al resolver el amparo en revisión 615/2013, a propuesta del Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, amparó a una pareja del mismo sexo que deseaba contraer matrimonio en el estado de Colima, cuya solicitud se había estimado improcedente con fundamento en los artículos 147 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y 102 del Código Civil de dicha entidad federativa.

El legislador local recordó que en ambos juzgados de distrito han sido promovidos cinco amparos en contra de los decretos 142 y 155 del Congreso del Estado, recursos por los cuales aún no ha habido pronunciamiento alguno de la Justicia de la Unión.

Flores Castañeda explicó que la resolución de la SCJN fue un amparo en revisión, por lo que la resolución beneficia únicamente a la pareja que promovió el recurso.

Mencionó que de acuerdo a lo publicado en medios de información, la Primera Sala de la SCJN declaró inconstitucionales e inconvencionales las porciones normativas de los artículos 147 de la Constitución Política del Estado de Colima y el 102 del Código Civil, pues hacían referencia a que el matrimonio está conformado por mujer y hombre y tiene la finalidad de perpetuar la especie.

En ese sentido, aclaró que ese amparo en revisión fue promovido antes de las reformas a la Constitución de Colima y al Código Civil del Estado que dieron paso a la figura de enlaces conyugales, pues los decretos 142 y 155 del Congreso del Estado ya no hacen referencia a que el matrimonio tiene la finalidad de perpetuar la especie.

El pasado 4 de julio, el Congreso del Estado de Colima aprobó la modificación del artículo 147 de la Constitución Política del Estado, en el que se establecieron dos tipos de relaciones conyugales: el matrimonio, y el enlace conyugal.

Martín Flores dijo que con la creación de la figura de enlaces conyugales, el Congreso del Estado legisló de acuerdo al sentir de la población colimense y es respeto a la no discriminación, por lo que confió que la Justicia Federal falle en el mismo sentido, toda vez que la nueva figura contempla la unión conyugal entre parejas del mismo sexo.

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