Clausura Profepa obras en zona federal de Tecomán

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró de manera temporal obras y actividades en terrenos de la Zona Federal Marítimo Terrestre de la playa El Real, Municipio de Tecomán.

La clausuta fue por que Ramiro Castañeda Mendoza, propietario del restaurante “Sobre las olas”, no cuenta con autorización en materia de impacto ambiental ni título de concesión para la ocupación de dicha zona, pese a que tenía pleno conocimiento de las obligaciones sobre el particular, toda vez que ya cuenta con un procedimiento administrativo del año 2009.

Por lo anterior y a efecto de garantizar que ya no continúen nuevas construcciones o instalaciones en los terrenos de la Zona Federal Marítimo Terrestre, y por violación a lo establecido en la legislación ambiental, se procedió a ordenar como medida de seguridad la clausura total temporal de dichas obras hasta en tanto no muestre el infractor las autorizaciones respectivas que otorga la SEMARNAT.

Personal de esta Procuraduría adscritos a la Subdelegación de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre, se constituyeron en los lotes 3 y 4, manzana 3, de la playa El Real, Municipio de Tecoman, con el objeto de verificar el cumplimiento de las obligaciones del C. Ramiro Castañeda Mendoza,  presunto responsable de obras y actividades en terrenos de la Zofemat, respecto a la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la autoridad competente.

Así, durante la visita de inspección se encontró la construcción de un chapoteadero a base de ladrillo y cemento, cruzado por un puente de cemento con barandal de madera, así como un muro de piedra que se utiliza como cascada, en una superficie de 124 m2 de Zona Federal Marítimo Terrestre, sin contar con autorización en materia de impacto ambiental ni título de concesión, por lo que el personal actuante de la PROFEPA procedió a colocar los respectivos sellos de clausura.

Las obras civiles construidas constituyen elementos físicos que eliminan una porción de la Zona Federal Marítimo Terrestre, reduciendo la anchura del litoral costero al ser delimitado por barreras que reducen el ancho de playa, en donde anualmente dicha zona es visitada por la tortuga marina, por lo que se afecta el hábitat de esta especie en peligro de extinción, aunado los daños ocasionados por las descargas de aguas y de la modificación de dunas costeras que provocan este tipo de actividades.

Cabe destacar que el quebrantamiento o desprendimiento de los sellos de clausura, de conformidad a lo que establece el artículo 420 Quáter, fracción V, del Código Penal Federal, implica “la imposición de una pena de uno a cuatro años de prisión y de trescientos a tres mil días de multa, a quien no realice o cumpla las medidas técnicas, correctivas o de seguridad necesarias para evitar un daño o riesgo ambiental que la autoridad administrativa o judicial le ordene o imponga”.

Asimismo, con base al artículo 187 del Código Penal Federal, lo siguiente: “Al que quebrante los sellos puestos por orden de la autoridad pública, se le aplicarán de treinta a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad”.

Finalmente, el Delegado Federal de la PROFEPA, Alberto Eloy García Alcaraz, ratificó su compromiso institucional de mantener bajo buen resguardo el medio ambiente y los recursos naturales bajo una política de cero tolerancia, de acuerdo a las instrucciones giradas en tal sentido por el Presidente Felipe Calderón Hinojosa, y el Procurador del ramo, Patricio Patrón Laviada.

 

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