TEPJF señala inexistencia de uso indebido de la pauta por parte de Ricardo Anaya

Ciudad de México.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la inexistencia de uso indebido de la pauta y promoción personalizada por parte del Partido Acción Nacional (PAN) y su dirigente nacional Ricardo Anaya Cortés, derivado de la transmisión de los promocionales “Se puede” y “Se puede V2”, y vinculó al Instituto Nacional Electoral (INE) a adoptar las medidas necesarias para prevenir, investigar, corregir o reparar las posibles violaciones al marco constitucional previsto para resguardar los principios rectores en la materia electoral.

Al resolver el expediente SUP-REP-575/2015, promovido por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el Pleno declaró infundados los agravios relacionados con el supuesto uso indebido del acceso a radio y televisión por parte del PAN, porque del análisis integral de los promocionales denunciados no se acredita un uso indebido por un posicionamiento prohibido de una persona a través de las prerrogativas del partido.

Además de que no se advirtieron elementos suficientes que permitan concluir que la direccionalidad del discurso de los promocionales denunciados o su coherencia narrativa impliquen una violación a la normativa electoral al momento en que se difundieron.

La sentencia indicó que los promocionales incluyen elementos que pueden interpretarse como mensajes tendientes a difundir finalidades, principios o postuladas del propio PAN en voz de su dirigente nacional, como lo es el combate contra la corrupción que es coincidente con los programas del partido, sin que se haga referencia expresa a un evento futuro, fecha cierta o auditorio específico que permita suponer un posicionamiento indebido con miras a un proceso electoral específico.

El Pleno subrayó que la prerrogativa de acceso a radio y televisión tiene finalidades específicas, entre las que no se encuentra la promoción o posicionamiento personalizado, permanente o preponderante de sus dirigentes, por lo que propuso vincular al INE, a realizar, en el ámbito de su competencia, un escrutinio escrupuloso para considerar la intencionalidad de los promocionales que puedan implicar un fraude a la Constitución o a la ley, o abusos del derecho de los partidos políticos al uso de la prerrogativa. BP