Servidores Públicos deben entregar al SAE los obsequios que reciban

Ciudad de México.- La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), que entró en vigor el pasado 19 de julio, contiene disposiciones de observancia obligatoria para todos los Servidores Públicos, como el impedimento legal para aceptar obsequios.

En acato a esa legislación, los Servidores Públicos deben poner a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE) los obsequios no solicitados que reciban, con el fin de que este Organismo Descentralizado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) les dé destino mediante su venta, donación o destrucción.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA), que forma parte de la normativa del Sistema Nacional Anticorrupción, establece en su artículo 40:

“En caso de que los Servidores Públicos, sin haberlo solicitado, reciban de un particular de manera gratuita la transmisión de la propiedad o el ofrecimiento para el uso de cualquier bien, con motivo del ejercicio de sus funciones, deberán informarlo inmediatamente a las Secretarías o al Órgano Interno de Control».

“En el caso de recepción de bienes, los Servidores Públicos procederán a poner los mismos a disposición de las autoridades competentes en materia de administración y enajenación de bienes públicos”.

La Ley General de Responsabilidades Administrativas define como “Servidores Públicos” a las “personas que desempeñan un empleo, cargo o comisión en los entes públicos, en el ámbito federal y local, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

A la vez, determina que los “entes públicos” son: “Los Poderes Legislativo y Judicial, los órganos constitucionales autónomos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, y sus homólogos de las entidades federativas, los municipios y alcaldías de la Ciudad de México y sus dependencias y entidades, la Procuraduría General de la República y las fiscalías o procuradurías locales, los órganos jurisdiccionales que no formen parte de los poderes judiciales, las Empresas productivas del Estado, así como cualquier otro ente sobre el que tenga control cualquiera de los poderes y órganos públicos citados de los tres órdenes de gobierno”.

Para el cumplimiento de la disposición establecida en el mencionado Artículo 40 de la LGRA, el SAE ha puesto a disposición de todos los Servidores Públicos el formato para entregar los bienes que hayan recibido en forma de obsequios no solicitados.

El formato y un instructivo para su llenado para notificar y poner a disposición los bienes al SAE pueden ser descargados desde el sitio electrónico www.gob.mx/sae; para mayor información, los servidores públicos interesados pueden llamar al número telefónico 01800 211 5472 o escribir sus dudas al correo electrónico art40lgra@sae.gob.mx   BP