Ciudad de México.- Por unanimidad, con 98 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó el dictamen para fortalecer las medidas de protección para niñas, adolescente y mujeres, cuya vida o integridad se encuentre en riesgo.

Los senadores avalaron los cambios que planteó la Cámara de Diputados al proyecto que impulsaron las senadoras Martha Lucía Micher Camarena, de Morena, y Claudia Anaya Mota, del PRI, para reformar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Entre ellos, para especificar a las autoridades que otorgarán las órdenes de protección, distinguir entre víctimas directas e indirectas y reducir el tiempo en que deberán expedirse estos mecanismos, una vez que se tiene conocimiento de los hechos que los generan.

Las reformas a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia precisan que las órdenes de protección son acciones precautorias y cautelares, de urgente aplicación, para proteger a personas que han sido violentadas de alguna manera o que su integridad física o emocional se encuentra en riesgo.

En el dictamen, que se envió al Ejecutivo Federal, deberán otorgarse de oficio o a petición de parte, por las autoridades administrativas, el Ministerio Público o por los órganos jurisdiccionales competentes.

Al presentar el proyecto, la senadora Micher Camarena expresó que las reformas actualizan conceptos y procedimientos, para que las autoridades, a través de estos mecanismos, reconozcan el riesgo de las agresiones que enfrentan las mujeres, por el simple hecho de su género.

“Esto es histórico y me parece fundamental que un Senado paritario responda de manera clara y contundente a la exigencia de protección por parte del Estado, que hoy reclaman miles de mujeres y niñas víctimas de violencia”.

Advirtió que a pesar de que Abril Pérez Sagaón y Emma Gabriela Molina Canto contaban con órdenes de protección bajo el marco legal actual, fueron víctimas de feminicidio y las autoridades fallaron en su deber de garantizarles su integridad y su vida.

El dictamen dispone que las autoridades administrativas, el Ministerio Público o los órganos jurisdiccionales deberán aplicar las órdenes de protección de manera inmediata, en un lapso no mayor a cuatro horas, a partir de que se tenga conocimiento de presuntos actos de violencia.

Se otorgarán durante 60 días y se podrán ampliar 30 días más. Previo a concluir o suspender las órdenes de protección, las autoridades correspondientes deberán asegurar que ya no existen condiciones de riesgo para las niñas, adolescentes o mujeres.

Además, la autoridad deberá proporcionar toda la información sobre este mecanismo de protección a las mujeres solicitantes, y se deberá hacer una valoración de riesgo tanto médica como psicológica en caso de requerirse.

El proyecto prohíbe solicitar a niñas, mujeres o a sus familias, la acreditación de su situación migratoria, ni cualquier otro elemento que impida su ejecución.

Dentro de los alcances de las órdenes de protección está el custodiar a la persona o su domicilio, proporcionar refugios temporales seguros y dignos, tanto para las mujeres y niñas violentadas como a sus familiares o dependientes.

Incluso, se deberán entregar apoyos económicos para transporte, alimentos, comunicación, mudanza, trámites oficiales entre otras medidas, así como recursos para la cobertura de otros gastos mientras se encuentre imposibilitada para obtenerlos de forma autónoma.

Las personas que hayan sido agredidas de manera sexual serán canalizadas a instituciones de salud para que, de manera gratuita, le sean proporcionados antirretrovirales, anticuerpos de emergencia, interrupción legal y voluntaria del embarazo.

Las órdenes de protección podrán ser brindadas en entidades federativas distinta a donde se haya ejecutado el delito, para tal efecto, se establecerán acuerdos de colaboración entre los Estados a fin de garantizar la integridad de las víctimas, incluso, podrán ser trasladadas las veces que sea necesarias para garantizar su protección.

Además, las autoridades correspondientes determinaran las medidas de protección para denunciantes anónimas de violencia privilegiando la integridad de las víctimas.

Otra de las modificaciones obliga a los servidores públicos a denunciar los casos de violencia o los delitos relacionados, proporcionando todos los datos a su alcance ante el Ministerio Público y poniéndola a su disposición si hubiese sido detenida en flagrancia.

La presidenta de la Comisión de los Derechos de la Niñez y de la Adolescencia, Josefina Vázquez Mota, hizo un llamado a la corresponsabilidad del Estado mexicano para acabar con la violencia hacia las mujeres y los menores. Pidió que el Poder Judicial capacite a todas las instituciones que se ocupan de la procuración de justicia en este tema. BP