Redes sociales, usadas para el comercio de armas; ¿sabes cuál sí puedes tener?

Colima.- En Colima son cada vez más comunes las ofertas de armas de fuego en distintos grupos de Facebook dedicados a la compra y venta de productos.

AFmedios realizó una búsqueda simple en una página de ventas que se limita a Colima y encontró más de una decena de ofertas de armas de varios calibres, incluso algunos artefactos que no son pistolas convencionales pero que pueden portar una bala calibre .22.

Personal de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en Colima, señaló que no son la instancia competente para regular ese  tipo de acciones que se dan en las redes sociales, pero que invitan a la sociedad que ha decidido adquirir una arma consulte la legislación que lo regula y que cumpla con los procesos administrativos que se marcan en ella para que no cometan un delito.

Hasta mayo de 2015, el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública registró que se cometieron en Colima 67 violaciones a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, pero no se especifica de qué forma.

La Ley Federal de Armas de fuego y Explosivos, que se encuentra vigente, establece en su artículo 15 que se permite la posesión de armas de fuego en un domicilio para la «seguridad y legítima defensa de sus moradores».

Sin embargo, se limita a ciertos calibres y también señala que se deber manifestar la existencia del arma ante la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) para su debido registro.

Es decir, en el caso de que sean compradas a un particular, como en las redes sociales, se debe realizar el trámite para el cambio de propietario en la zona militar.

¿Dónde comprar un arma?

Una de las mejores opciones para adquirir un arma es la propia Sedena, que desde el 11 de Abril de 1995 está facultada para enajenar, importar y exportar armas, municiones y equipo conexo, a través de la Unidad de Comercialización de Armamento y Municiones (U.C.A.M.)

Desde el inicio de sus funciones, la Dirección de Comercialización de Armamento y Municiones (DCAM), como se llama hoy en día, ha brindado servicio a Cuerpos de Seguridad Pública y empresas de seguridad privada, así como individuos de las Fuerzas Armadas, tiradores deportivos, cazadores, trabajadores del campo y un gran número de ciudadanos en general.

Para adquirir un arma y/o municiones, es necesario que los interesados se presenten personalmente con el original del permiso expedido por la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos y cubrir el importe de los artículos autorizados en existencia, mediante pago en efectivo o por transferencia electrónica.

Para mayores informes, consulta su sitio web, www.sedena.gob.mx/comercializacion-de-armas incluso pueden hacerse comprar por internet.

Registro ante la Sedena

Toda persona que adquiera un arma debe manifestar de forma escrita en un plazo de 30 días: un único domicilio de residencia de su familia, original y copia de una identificación vigente, la marca, calibre y modelo del artefacto.

En caso de ser ejidatario, comunero o jornalero, un documento que ampare esta condición.

Además se debe presentar la pistola descargada y en una funda para que personal de la Defensa Nacional verifique que los datos sean los correctos.

¿Qué tipo de armas puede poseer una persona física?

Pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.), excepto pistolas calibres .38 Súper y .38 Comando.

Revólveres con calibres no superiores al .38 Especial, a excepción del calibre .357 Magnum.

Los ejidatarios, cumuneros y jornaleros del campo, fuera de las zonas urbanas, podrán poseer y portar con la sola manifestación, un arma de las ya mencionadas, o un rifle de calibre .22, o una escopeta de cualquier calibre, excepto de las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).

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