No se legaliza la marihuana: Gobierno de la República

México.- El consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos Cervantes, estableció que lo resuelto por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, solo aplica para las cuatro personas que promovieron el amparo, por lo que no está legalizada la marihuana.

Luego de que la SCJN emitió el resolutivo, el Presidente de la República, Enrique Peña Nieto, fue cuestionado al respecto, señalando que esto no abre de ninguna manera, ni significa legalizar el consumo de la marihuana, ni significa la legalización ni trasiego de la misma.

Así mismo se comprometió a que el área jurídica del gobierno federal emitiría un posicionamiento al respecto, en ese sentido fue que Castillejos Cervantes, en conferencia de prensa manifestó el respeto del Ejecutivo federal a la SCJN, así como la sentencia y aclaró que no se trata de una jurisprudencia.

«Esta sentencia reconoce el derecho de cuatro personas que promovieron amparo para sembrar marihuana en las cantidades necesarias para su consumo personal con fines recreativos, la resolución de la Primera Sala no legaliza la marihuana, su siembra, su suministro y su comercialización siguen estado prohibidas por la Ley».

Destacó que la SCJN no ordena modificación a ninguna Ley, ya que se trata de un caso aislado, en el que se consideró que a estas personas se les debía permitir la siembra de la marihuana.

«Para que se convierta en jurisprudencia obligatoria tendría que haber cinco criterios seguidos, sin ninguno en contrario  en el mismo sentido por parte del mismo órgano judicial».

El consejero jurídico destacó que los ministros hicieron varios pronunciamientos:

  • La marihuana daña la salud personal y pública, por lo que es constitucionalmente válido que el Estado Mexicano la regule.
  • Una prohibición absoluta de sembrar para consumo personal es una regulación excesiva, por tanto, reconocer el derecho de las cuatro personas que promovieron el amparo para sembrar marihuana para su consumo personal con fines recreativos.
  • El consumo que hagan estas cuatro personas, no puede dañar a terceras personas, por lo tanto no se puede realizar frente a otras personas sin su consentimiento, ni frente a menores de edad.
  • Las cuatro personas que fueron sujetas de amparo, por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia pueden suministrar, ni comercializar la marihuana que siembren.

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