INE establece medidas para evitar la compra, coacción e inducción del voto

Colima.- El Instituto Nacional Electoral (INE) emitió un acuerdo por el que se establecen medidas específicas para contribuir a evitar la compra, coacción e inducción del voto, así como acciones que generen presión sobre el electorado, durante el proceso electoral federal 2014-2015.

El INE recordó que en términos de lo dispuesto en e l Capítulo II de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, está prohibida en todo momento la compra y coacción del voto, pues debe ser una acción universal, libre, secreta, directa, personal e intransferible.

El Instituto incluirá en su página de Internet una liga a la Procuraduría General de la República y a la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales a fin que las y los ciudadanos puedan denunciar la comisión de posibles delitos electorales.

También se establece la línea telefónica INETEL (01800 433 2000) como mecanismo para brindar a la ciudadanía información para denunciar cualquier delito electoral.

El Instituto recordó que en términos de lo establecido en los Manuales del Funcionario de Casilla tanto de casilla única como federal, el día de la Jornada Electoral, los funcionarios de mesa directiva de casilla, observarán lo siguiente de acuerdo con las atribuciones conferidas en la ley:

  1. El Presidente de Mesa Directiva de Casilla realizará las acciones necesarias para garantizar el ejercicio libre y secreto del sufragio de las y los ciudadanos.
  2. Actuará en el caso de ciudadanos que porten o realicen propaganda a favor o en contra de algún candidato o partido político, tanto en la fila para votar como en la casilla.
  3. De advertir la presencia de grupos o concentraciones de personas realizando reuniones o actos de proselitismo o portando propaganda a favor o en contra de algún candidato o partido político en su persona, vestimenta, o mediante elementos, accesorios o sus vehículos que contengan propaganda electoral, o que distribuyan artículos promocionales, reunidos con ánimo de permanencia, dentro del radio de cincuenta metros del lugar de ubicación de la casilla, de existir condiciones óptimas para resguardar su integridad física, el Presidente de la misma los exhortará a que de inmediato se retiren fuera de esa distancia, así como que cesen dicha conducta.

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