Este lunes 24 de agosto, inician en Colima los Juicios Orales Familiares

Colima.- A partir del próximo lunes 24 de agosto del presente año iniciarán en Colima los Juicios Orales Familiares, esta nueva modalidad será atendida de forma inicial por los juzgados Primero y Tercero Familiar del Primer Partido Judicial del Poder Judicial del Estado de Colima, así lo informó la Licenciada Ruth Bravo Ortiz, Jueza de Primera Instancia.

Precisó que se trata de un procedimiento oral no controvertido que en su primera etapa conocerán los trámites de divorcio por mutuo consentimiento, y de forma gradual se irán incorporando más trámites como lo son la jurisdicción voluntaria a partir del 30 de noviembre del 2015, así como rectificación y nulidad de actas de registro civil el 29 de febrero del año 2016.

Como parte de las beneficios que ofrecerá el procedimiento oral familiar, destaca la reducción de tiempo de hasta un 67% en la resolución de los divorcios por mutuo consentimiento, ya que se proyecta resolverse en un promedio de 20 días una vez que se radica el asunto, mientras que en el sistema tradicional este tipo de procesos demoran un promedio de dos meses debido a la carga de trabajo que tienen los juzgados familiares.

Otro de los beneficios es que la implementación de la oralidad familiar en el primer partido judicial, permitirá reducir en un 40% la carga de trabajo que actualmente se presenta a los juzgados de primera instancia que conocen la materia familiar.

En cuanto al protocolo se prevé que una vez que las partes presenten su solicitud de divorcio junto con el convenio en el que se determine la patria potestad de los hijos menores de edad, pensión alimenticia, convivencia, custodia, entre otras garantías, se revisará que este cumpla con las formalidades requeridas por la legislación de la materia, y en caso de ser así, se señalará fecha para el desahogo de la audiencia de juicio oral familiar en un lapso no mayor a 10 días.

“En el inicio de la audiencia se invitará a las partes a reflexionar sobre su pretensión, de no ser así, se escuchará al Agente del Ministerio Público respecto al convenio de divorcio y si no hubo manifestación respecto al mismo, la jueza o juez procederá a la lectura de sentencia dando por terminado el asunto”.

Finalmente destacó que en esta nueva forma de impartir justicia se proyectan audiencias sencillas y concretas, buscando la solución por encima del conflicto, tendiendo a resolver con una justa apreciación de la ley, promoviendo la justicia de la paz y atendiendo a los principios de abreviación, contradicción, concentración, inmediación y continuidad que rigen la oralidad. BP

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