Calendario electoral, ¿qué sigue?

Colima.- El 14 de octubre de 2014 inició el Proceso Electoral Local 2014-2015, y concluye el 1 de noviembre de 2015 con la toma de protesta del Gobernador electo ante el Congreso del Estado.

AFmedios te presenta una síntesis de las acciones establecidas para  el proceso electoral, previo a la jornada electoral del 7 de junio y algunos datos de los días posteriores a este evento.

Junio

Del 1 al 5 de junio Período en el que los Consejos Municipales Electorales entregan el paquete electoral a cada presidente de casilla. (CEE. Art. 204).

El 3 de junio concluyen las campañas electorales. (CEE. Art. 178). Y fue el último día para la publicación o difusión de resultados de encuestas, sondeos o conteos rápidos en materia electoral. (CEE. Art. 180).

El 6 de junio concluye la segunda etapa de capacitación y sustitución a funcionarios de mesa directiva de casilla (LGIPE Art. 254, párrafo 3 y Calendario federal, publicado en la página de internet del INE).

El 6 y 7 de junio período de suspensión de venta de bebidas embriagantes en cualquier forma o establecimiento (CEE. Art. 226).

El 7 de junio se llevará a cabo la Jornada Electoral del Proceso Electoral Local 2014-2015, en la que los ciudadanos colimenses ejercerán su voto para elegir al Gobernador del Estado, y a los integrantes del Poder Legislativo del Estado y a los miembros de los ayuntamientos de la entidad (CEE. Art. 26, LGIPE Art. 25 ).

Del 8 al 22 junio periodo para que los partidos políticos, coaliciones o candidatos retiren la propaganda que haya fijado o pintado como promoción electoral durante el proceso electoral (CEE Art. 176, párrafo 3)

El 10 de junio se llevará a cabo el cómputo municipal de la elección de Gobernador, por parte de los consejos municipales electorales del IEE . (CEE. Art. 247, fracción I).

El 13 de junio es la fecha límite para que los consejos municipales electorales envíen el acta circunstanciada del cómputo municipal de la elección de Gobernador al Consejo General del IEE (CEE. Art. 250).

El 14 de junio se lleva a cabo el cómputo distrital de la elección de diputados locales por parte de los consejos municipales electorales del IEE (CEE. Art.247, fracción II).

El 15 de junio es la fecha límite para que el Consejo General sesione para hacer el cómputo estatal de la elección de Gobernador y extenderá la constancia respectiva al candidato que haya obtenido la mayoría relativa en la elección (CEE. Art. 251).

El 17 de junio es la fecha límite para que los consejo municipales electorales formen un expediente de la elección de Diputados de Mayoría con copias certificadas de todas las actas de las casillas, copia del acta de cómputo distrital total o parcial y documentos relacionados, los cuales deberá remitir al Consejo General, dentro de las 24 horas (CEE. Art. 255, fracción XIII).

El 18 de junio los consejos municipales electorales sesionarán para realizar el cómputo de la elección de ayuntamiento; efectúen la declaratoria de validez de la elección y de elegibilidad de los candidatos de la planilla que hubiese obtenido mayoría de los votos y expidan la constancia de triunfo correspondiente. (CEE. Arts. 247, fracción III y 263).

El 20 de junio el Consejo General sesionará para hacer los cómputos distritales respecto de los distritos que se conformen con territorio de dos municipios de la elección de diputados de mayoría relativa (CEE. Art. 255 BIS).

El 22 de junio el Consejo General del IEE, verificará el cumplimiento de los requisitos de legibilidad de los candidatos, la declaratoria de validez de la elección y entrega de la constancia de mayoría a laos candidatos triunfadores de la elección de diputados de mayoría, siempre y cuando no se haya ordenado el recuento de votos (CEE. Art. 255 Bis, fracción III).

El 28 de junio el Consejo General del IEE, sesionará para realizar la asignación de diputados por el principio de representación proporcional (CEE. art. 256). También el Consejo General expedirá a cada partido político las constancias de asignación de diputados de representación proporcional y entregará a cada uno de los candidatos a quienes no se haya entregado constancia de asignación, una donde se exprese el orden de prelación conforme aparecieron en la lista de registro de diputados por dicho principio. (CEE. Art. 261)

Del 29 al 30 de junio el Consejo General del IEE, dentro de las 48 horas siguiente a la clausura de la sesión de cómputo de diputados por el principio de representación proporcional deberá remitir al Congreso, copia certificada de las constancias de mayoría y asignación, así como las constancias de prelación que se hubiesen expedido y la documentación que considere necesaria para los efectos legales procedentes (CEE. Art. 262).

El 29 de junio es la fecha en la que el Consejo General del IEE, deberá emitir la resolución correspondiente sobre los partidos políticos que al no obtener el 3% de la votación para diputados por el principio de mayoría relativa, se les cancela 29su inscripción ante dicho órgano. (CEE. Art. 89)

Para consultar el calendario electoral local completo, puedes ingresar al sitio: www.ieecolima.org.mx

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