IEE debe ser informado sobre publicación de encuestas o sondeos electorales

Colima.- Después de que comenzaron a hacerse públicas encuestas sobre preferencias electorales de cara al proceso electoral del 7 de junio próximo, el Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE) informó, mediante un comunicado, que debe ser enterado sobre la realización de estos estudios.

«Las personas físicas o morales que pretendan llevar a cabo encuestas o sondeos para dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos o las tendencias de las votaciones, adoptarán los criterios generales de carácter científico, que para tal efecto determinó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE»).

Así lo señala el Artículo 179 del Código Electoral del Estado (CEE), indicó la consejera presidenta del Instituto Electoral del Estado (IEE) de Colima, Felícitas Alejandra Valladares Anguiano.

El comunicado explica que quienes quieran divulgar información de esta índole, deberán entregar a la Secretaría Ejecutiva del IEE,copia del estudio completo con los criterios generales de carácter científico, mismos que se encuentran publicados en la página del órgano local a través de la página http://www.ieecolima.org.mx/acuerdos%202012/acuerdo27.pdf ó directamente en la siguiente dirección http://www.ine.mx/archivos2/portal/Elecciones/PEF/2014-2015/pdf/INE_CG220_2014_y_LINEAMIENTOS.pdf

El objetivo de esta regulación es que quienes ordenen o publiquen encuestas y sondeos de opinión detallen su metodología sobre aspectos tales como tamaño de muestra, nivel de confianza, margen de error y tratamiento de no-respuestas, además de las fechas de levantamiento, el fraseo de las preguntas cuyos resultados se publiquen, y a partir de 2012, la entrega de la base de datos con las variables publicadas.

“Esta obligación deberá cumplirse dentro de los cinco días naturales siguientes a su publicación”, aclaró la consejera presidenta al mencionar, además, que el artículo 180 del Código Electoral del Estado añade que durante los tres días previos a la jornada electoral y hasta la hora del cierre oficial de las casillas, queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas, sondeos de opinión o conteos rápidos que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, quedando sujetos quienes lo hicieren, a las penas y sanciones aplicables.

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