En el presente año el Tribunal de lo Contencioso Administrativo atiende un promedio de 30 denuncias en contra del cobro de alumbrado público, esto luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación lo declarará como un procedimiento anticonstitucional.
En entrevista con el Presidente del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Guillermo Rúelas Ocampo preciso que algunas demandas han concluido ordenando al Ayuntamiento correspondiente que evite cobrar el derecho de alumbrado público con base en el consumo de energía eléctrica.
“Todos los ayuntamientos han contestado las demandas y ponen una serie de argumentos sin embargo, en la razón de los ciudadanos, cuando la alegan es cuando hay la inconstitucionalidad del cobro es irreversible”
Indicó que cada ciudadano o usuario tiene el derecho de acudir para iniciar el proceso legal correspondiente para impedir que se siga aplicando este cobro que se encuentra fuera de la ley.
“No es colectivo, no se les olvide que la acción del tribunal es una acción personal que pueden ejercitarlo no solamente las personas físicas sino que también las personas morales”
Finalmente dejo claro que el Tribunal de lo Contencioso y Administrativo no puede ordenar la devolución del recurso pagado durante años pasados, debido a que no son un órgano de amparo, si no un tribunal delegado.
En total el TCA ha recibido 548 demandas en lo que va del presente año, de los cuales únicamente 30 corresponden al proceso de alumbrado público.
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