Senado propone donación de órganos cuando no exista negativa

Ciudad de México.- El pleno del Senado aprobó reformas a la Ley General de Salud para que la donación de órganos y tejidos para trasplantes sea una acción voluntaria y lícita.

En el decreto se indica que toda persona es disponente de su cuerpo y podrá donarlo, total o parcialmente, a menos que haya manifestado su voluntad de no serlo bajo alguna de las formas establecidas en la Ley.

Esto significa que de no existir una carta que demuestre lo contrario, se presume que la intención de la persona era donar sus órganos.

La Ley define que la donación de órganos, tejidos, células y cadáveres, consiste en el consentimiento presunto o expreso de la persona mayor de edad para que su cuerpo o cualquiera de sus componentes se utilicen para trasplantes, ya sea en vida o después de morir.

El escrito por el que la persona se niegue a ser donador deberá estar firmado por este; o bien, la negativa podrá constar en alguno de los documentos públicos o medios electrónicos, que para este propósito determine la Secretaría de Salud en coordinación con otras autoridades competentes.

Existen algunas razones para invalidar un presunto o expreso de donación de órganos:

El presunto o expreso otorgado por menores de edad, incapaces o por personas que por las circunstancias se encuentren impedidas para hacerlo.

Los otorgados por mujeres embarazadas solo serán admisibles si el receptor estuviere en peligro de muerte, y siempre que no implique riesgo para la salud de la mujer o del producto de la concepción.

En el caso del Centro Nacional de Trasplantes y los centros estatales de trasplantes harán constar el mérito y altruismo del donador y su familia, para lo cual deberá garantizar que ni el receptor de un trasplante o su familia conozcan la identidad del donante ni que los familiares del donante conozcan la identidad del receptor.

El objetivo de dicha actualización es hacer conciencia de que con esta práctica se disminuyen las solicitudes de órganos y se evitan muertes.

El proyecto fue aprobado en la Cámara Alta, en lo general y lo particular con 75 votos a favor, cero en contra y una abstención. Después fue remitido a la Cámara de Diputados para su análisis y discusión.

Las reformas aprobadas fueron hechas a los artículos 320, 312, 322, 324, 325, 326 y 329 de la legislación secundaria en la materia.

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