México.- Este martes 7 de septiembre la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió declarar inconstitucional juzgar y castigar a una mujer por realizarse un aborto voluntario en la República Mexicana.

El pleno resolvió esta acción de inconstitucional con el expediente 148/2017 y determina declarar la invalidez del artículo 196 del Código Penal del Estado de Coahuila de Zaragoza que planteaba la imposición de la pena de prisión de 1 a 3 a la mujer que voluntariamente interrumpiera el embarazo.

Además esa pena se hacía extensiva a las personas que en su caso o momento le asistieran en la interrupción del embarazo.

Se sienta un precedente histórico para el país y para los derechos de las mujeres en los términos que establece la constitucionalidad en el estado mexicano y el planteamiento fundamental en los principios de igualdad y no discriminación que guiaron el estudio, la revisión y decisión del Tribunal Constitucional del país.

El ministro presidente de la SCJN, Arturo Saldivar señaló que hoy se sienta un precedente histórico en los derechos de la mujer en México.

«Señoras y señores ministros, hoy es un día histórico para los derechos de todas las mujeres mexicanas y las personas gestantes,  a partir de hoy es un parteaguas en los derechos de todas las mujeres sobre todo de las más vulnerables», dijo.

«Con este criterio unánime de este Tribunal Constitucional, no solo se invalidad las normas que fueron objeto de discusión, sino que se establece un criterio obligatorio para todos los jueces y juezas del país, a partir de ahora no se podrá, sin violar la Constitución procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este Tribunal».

Por la mañana, durante su conferencia matutina, el presidente Andrés Manuel López Obrador, dijo que no podía opinar al respecto y exponerse a un desgaste, que ese tema lo tendrían que resolver las mujeres y la Corte.

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