Colima.- La deuda del Ayuntamiento de Colima con el Instituto de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima (IPECOL) en el periodo de Riult Rivera, no sólo creció: prácticamente se duplicó en lo que va de su administración.

De acuerdo con información presentada en sesiones del Consejo de Administración del instituto, el adeudo total del municipio asciende a 104 millones 810 mil 940 pesos con 80 centavos.

De esa cifra, 45 millones 513 mil 385 pesos se habrían generado bajo el gobierno del alcalde Riult Rivera.

La realidad financiera con IPECOL es que 45 de cada 100 pesos que hoy debe el Ayuntamiento al sistema de pensiones corresponden a la administración actual.

El problema no es menor. El monto señalado corresponde, en buena medida, a cuotas descontadas directamente a trabajadores municipales que no fueron enteradas al IPECOL desde noviembre de 2024.

Es decir: dinero retenido vía nómina que no llegó a su destino.

La situación también alcanza a organismos descentralizados del municipio, como el Instituto de Planeación Municipal y el DIF municipal, ampliando el impacto financiero y administrativo.

El secretario general del Sindicato de Trabajadores al Servicio del Ayuntamiento de Colima, Héctor Arturo León Alam, advirtió públicamente que la deuda debía resolverse a más tardar en marzo, debido a las afectaciones directas en los derechos de los trabajadores.

Según los datos expuestos ante el Consejo del IPECOL en poder de AFmedios el comportamiento de la deuda muestra un crecimiento acelerado entre 2025 y 2026:

Estas cifras forman parte del acumulado que hoy coloca al municipio por encima de los 104 millones de pesos en adeudos históricos.

La situación no es solamente financiera: también es legal.

La Ley de Pensiones de los Servidores Públicos del Estado de Colima, en su Artículo 62, establece la obligación de las entidades públicas de retener y enterar al IPECOL las cuotas de manera quincenal.

El Artículo 149 de la misma ley considera infracción retener cuotas y no entregarlas.

A nivel federal, la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en su Artículo 64 Ter, clasifica esta conducta como una falta administrativa grave.

En otras palabras: no entregar cuotas retenidas no es un retraso administrativo; es una violación legal.

La deuda con el sistema de pensiones compromete la estabilidad financiera del instituto, pero sobre todo pone en riesgo la seguridad social de trabajadores activos, jubilados y pensionados.

Dos municipios que también se encuentran en situaciones complicadas para con sus trabajadores por deudas con el IPECOL son Armería e Ixtlahuacán.

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