Policías podrán revisar vehículos y personas sin orden judicial

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró constitucional que los cuerpos policiacos del país hagan revisiones a personas y vehículos sin la necesidad de una orden judicial, sustentados solo en una «sospecha razonable»

La decisión responde a una impugnación hecha por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) que considera violatorio de derechos a los artículos 132, fracción VII; 147 tercer párrafo; 251, fracciones III y V; 266 y 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

La CNDH argumenta que estos artículos transgreden los derechos a la libertad de tránsito, seguridad jurídica, privacidad, vida privada, integridad de las personas y no injerencia arbitral.

El ministro Javier Laynez Potiesk aseguró que los argumentos presentados por la CNDH son infundados, puesto que las inspecciones constituyen controles preventivos y provisionales autorizados al amparo de la persecución de un delito y su investigación.

El presidente de la Corte, Luis María Aguilar Morales, aseguró que las inspecciones son una medida proporcional cuyo propósito es proteger la seguridad pública y los derechos de las víctimas de delitos.

La Corte aprobó que estas revisiones se apliquen únicamente en casos de sospecha razonable o flagrancia, además de validar la detención en flagrancia por delitos que requieran querella.

Laynez Potiesk propuso el proyecto para declarar infundados los argumentos presentados por la CNDH, el cual fue aprobado por mayoría de votos de los magistrados en algunos de los puntos.

Aun falta que el pleno de la SCJN discuta el artículo 242, también impugnado por la CNDH, que se refiere al aseguramiento de bienes o derechos relacionados con operaciones financieras sin una orden judicial.

La CNDH considera que dicho artículo vulnera las garantías de legalidad, seguridad jurídica, debido proceso, audiencia previa, protección de inherencias arbitrarias y derechos de propiedad privada.

Con la aprobación de la Corte, ahora los elementos policíacos podrán aplicar revisiones a vehículos y personas sin necesidad de una orden, únicamente sustentados con una “sospecha razonable”.

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