Ley estatal contra discriminación ya tiene reglamento: Indira

Colima.- La secretaria de Desarrollo Social (Sedescol) en Colima, Indira Vizcaíno Silva, informó que el gobernador José Ignacio Peralta Sánchez, ya publicó el reglamento de la Ley que Previene, Combate y Elimina la Discriminación, una de las peticiones más sentidas de los integrantes de la diversidad sexual.

“El gobernador ha mostrado sensibilidad y el 16 de febrero envió el Reglamento de la Ley que Previene, Combate y Elimina la Discriminación en el Estado de Colima, que fue publicado el 20 de febrero y entró en vigor a partir del 21 de febrero”.

Esto permitirá que ya se pueda integrar el Consejo Contra la Discriminación en el estado, que es un órgano plural de consulta, asesoría, vinculación y evaluación entre gobierno y sociedad y está integrado por:

  1. Un Consejero Presidente, que será el Gobernador;
  2. Un Consejero Vicepresidente, que será el Titular de la Secretaría General de Gobierno, quien suplirá al Presidente en caso de ausencia;
  • Un Consejero Secretario Ejecutivo, que será el Titular de la Secretaría de Desarrollo Social;
  1. Un Consejero representante de la Legislatura Estatal, que será un Diputado Local seleccionado de entre los miembros de la comisión relacionada con los derechos humanos;
  2. Un Consejero representante de cada uno de los Ayuntamientos, que será el Presidente Municipal o, en su caso, un munícipe seleccionado de entre los miembros de la comisión relacionada con los derechos humanos;
  3. Un Consejero representante de la Universidad de Colima, que será un investigador de reconocido prestigio; y
  • Siete consejeros ciudadanos representantes de la sociedad civil.

“El 17 de mayo que es el Día Contra la Homofobia, se estará instalando el Consejo Estatal Contra la Discriminación”, adelantó la funcionaria estatal.

De este reglamento, destaca que se establecen las infracciones a quienes cometan actos de discriminación, obviamente, previo proceso de revisión y que van desde una amonestación con apercibimiento hasta la clausura temporal o permanente, parcial o total, a establecimientos, negocios, obras o instalaciones.

De hecho se establecen multa de hasta mil días de salario mínimo general vigente en la entidad y en caso de reincidencia la sanción será de hasta el doble de lo anterior, es decir, podrían ser de hasta más de 130 mil pesos.

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