La española Belinda violó la Constitución apareciendo en evento de Juntos Haremos Historia: TEPJF

Ciudad de México.-La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró que Belinda violó la prohibición que impone la Constitución a los extranjeros con residencia en México, para involucrarse en actos políticos.

De acuerdo con lo determinado por la TEPJF esta infracción se realizó cuando la cantante estuvo apoyando candidatos de la coalición Juntos Haremos Historia en Morelos.

Belinda Pellegrini, de origen español, reside en el país en calidad de extranjera, por lo que de acuerdo al artículo 33 de Constitución Mexicana y la Ley electoral se establece.

El suceso fue  denunciado por el PRD, pues su queja fue del pasado 22 de junio y como parte de un acto proselitista, participó en la entrega de bienes con fines electorales a la población de Jojutla, Morelos, uno de los municipios que fue más afectado por los sismos del 19 de septiembre de 2017.

El PRD asegura que en ese evento Belinda entregó en persona artículos como ropa y juguetes, e incluso un vehículo con propaganda de uno de los cantidatos de la coalición Juntos Haremos Historia.

El comunicado del TEPJF describe lo siguiente:

Al respecto, la mayoría del Pleno determinó que se acreditaba la falta denunciada porque:

  • Se constató la existencia de un acto proselitista de Jorge Argüelles Victorero y Juan Ángel Flores Bustamente, entonces candidatos postulados por la coalición “Juntos Haremos Historia” a los cargos de diputado federal y presidente municipal, en Morelos.
  • En el evento, los candidatos pidieron el voto a su favor y había propaganda electoral que los beneficiaba.
  • Se acreditó que, desde un vehículo rotulado con propaganda electoral, la cantante Belinda entregó en propia mano a la ciudadanía cobijas, almohadas y balones.
  • Se consideró que la comunidad en donde se entregaron los utensilios correspondía a personas que fueron damnificadas con el pasado sismo del 19 de septiembre, las cuales se considera que tienen un estado de vulnerabilidad debido a sus carencias económicas y de infraestructura.
  • En ese sentido, se determinó que la entrega de artículos constituyó un beneficio directo y en especie a un grupo vulnerable que afectó su derecho a la libertad del sufragio.
  • Por ello se determinó sancionar a los candidatos y a los partidos que los postularon por faltar a su deber de cuidado; se les impuso una amonestación pública.
  • Por otra parte, toda vez que se acreditó que la cantante Belinda reside en el país con la calidad de extranjera y que participó directamente en un evento político-electoral, se ordenó dar vista a la Secretaría de Gobernación (Segob) en términos de lo dispuesto en los artículos 33 de la Constitución Federal, 451, numeral 1 y 458, numeral 3, de la Ley Electoral.

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