Intercampaña sin debates, spots o mesas redondas de candidatos: INE

Ciudad de México.- Durante el periodo de intercampaña, los candidatos no podrán participar en debates, aparecer en spots, ni en mesas de análisis o redondas donde esté más de un candidato, determinó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

Para este proceso electoral, el periodo de intercampaña está considerado del 12 de febrero al 29 de marzo de 2018.

En sesión extraordinaria el Consejo General aprobó por mayoría de votos (9 a favor y 2 en contra) los criterios de intercampaña, en respuesta a la consulta generada por los partidos Morena y del Trabajo (PT).

La autoridad electoral definió los criterios que serán aplicables a todos los sujetos obligados y, además, serán notificados a todos los partidos políticos tanto federales como locales y los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE).

Lorenzo Córdova Vianello, consejero Presidente del INE, puso énfasis en las tres limitantes fundamentales aplicables a los candidatos electos por sus partidos o coaliciones, durante la intercampaña.

En primer lugar, los candidatos no pueden aparecer en spots de los partidos políticos como lo marca la Ley.

La segunda limitante, es que no pueden realizarse actos públicos como mítines, marchas o asambleas que tienen la intención de presentar ante el público a un candidato o candidata.

La tercera, es respecto a la permisión o no de la realización de debates en periodo de intercampaña, donde los aspirantes a un cargo de elección popular no pueden hacer un llamado expreso al voto por sí mismos o su partido, o bien, en contra de algún otro candidato o partido político.

Benito Nacif, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, señaló que la intercampaña se define como el periodo que transcurre entre el día siguiente al que terminan las precampañas y el anterior al inicio de las campañas.

Este periodo está destinado para que los candidatos contrasten sus plataformas, ofertas, visiones de la problemática nacional y propuestas específicas; pero eso no es obstáculo para que puedan discutirlo con personas diferentes a candidatos.

En la intercampaña los candidatos sí pueden asistir a eventos privados y a reuniones en las que expongan temas generales y de interés público, siempre y cuando no llamen al voto, ni realicen actos anticipados de campaña, de lo contrario, podrían ser sancionados incluso con la pérdida del derecho de registro de su candidatura.

El Consejero Enrique Andrade puntualizó que en el extranjero los precandidatos no podrán realizar actos públicos, llamados al voto y contratación de medios.

Al manifestar sus votos en contra la Consejera Electoral Pamela San Martín y el Consejero José Roberto Ruiz aseguraron que su postura se justifica en que, de acuerdo con ellos, la respuesta fue generada a partir de sentencias de la Sala Superior del TEPJF y no con base a normas y precedentes del Instituto. BP