Colima.- El Órgano Superior de Dirección del Instituto Electoral del Estado de Colima (IEE) aprobó este lunes 26 de octubre, durante la Segunda Sesión Ordinaria del Proceso Electoral Local (PEL) 2020-2021; el Reglamento de Candidaturas Independientes, junto con la Convocatoria correspondiente.
En tal sentido, la ciudadanía interesada en participar por esta figura deberá consultar los documentos que establecen el proceso de selección de Candidaturas Independientes que aspiran a los cargos de la gubernatura del estado, diputaciones por mayoría relativa e integrantes de los diez ayuntamientos de la entidad, los cuales estarán a disposición de la sociedad en general a partir de este martes 27 de octubre en la página web y redes sociales del instituto.
La etapa de obtención del respaldo ciudadano iniciará para el cargo de la gubernatura del estado, el día 10 de diciembre de 2020, y concluirá a más tardar el día 08 de enero de 2021. En el caso de los cargos de diputaciones de mayoría relativa e integrantes de los ayuntamientos, iniciará el 20 de diciembre de 2020 y concluirá también a más tardar el día 08 de enero del próximo año.
Para llevar a cabo lo anterior, las y los ciudadanos interesados podrán utilizar la Aplicación Móvil o el Formato de Manifestación de Respaldo Ciudadano. Además, deberán observar los lineamientos para garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en las postulaciones de candidaturas.
Todas y todos los aspirantes registrados a un mismo cargo de elección popular, solamente tendrá derecho a registrarse como candidata o candidato independiente aquel que de manera individual, por fórmula o planilla, según sea el caso; haya obtenido la mayoría de las manifestaciones de apoyo válidas, siempre y cuando dicho apoyo sea igual o mayor del 3 por ciento del último corte de la Lista Nominal de Electores emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), de la demarcación territorial de la elección que corresponda.
Para efectos de mayor certeza en la ciudadanía, se presentan a continuación las cantidades que corresponden al referido porcentaje, con un corte de la lista en mención, al día 30 de septiembre de 2020, siendo estás las siguientes:
Para la candidatura independiente a la Gubernatura del Estado
ESTADO | Lista Nominal de Electores* | Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores | ||
Colima | 542203 | 16,266 | ||
* Fuente: Instituto Nacional Electoral. | ||||
Para Candidaturas Independientes a Diputaciones de Mayoría Relativa
Distrito Electoral Local | Municipio/s que integran el Distrito | Lista Nominal de Electores* | Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores | ||
01 | Colima | 35090 | 1,053 | ||
02 | Colima | 37279 | 1,119 | ||
03 | Colima | 35966 | 1,079 | ||
04 | Comala – Villa de Álvarez | 32758 | 983 | ||
05 | Coquimatlán – Villa de Álvarez | 38856 | 1,166 | ||
06 | Colima – Cuauhtémoc | 39173 | 1,176 | ||
07 | Villa de Álvarez | 33345 | 1,001 | ||
08 | Villa de Álvarez | 31295 | 939 | ||
09 | Armería – Manzanillo | 30730 | 922 | ||
10 | Tecomán | 29512 | 886 | ||
11 | Manzanillo | 36577 | 1,098 | ||
12 | Manzanillo | 35678 | 1,071 | ||
13 | Manzanillo | 31253 | 938 | ||
14 | Manzanillo – Minatitlán | 35867 | 1,077 | ||
15 | Tecomán | 27326 | 820 | ||
16 | Ixtlahuacán – Tecomán | 31498 | 945 | ||
* Fuente: Instituto Nacional Electoral. | |||||
Para Candidaturas Independientes a integrantes de Ayuntamientos
Municipio | Lista Nominal de Electores* | Cantidad equivalente al 3% requerido de Lista Nominal de Electores |
Armería | 21370 | 642 |
Colima | 124464 | 3,734 |
Comala | 16843 | 506 |
Coquimatlán | 16099 | 483 |
Cuauhtémoc | 23044 | 692 |
Ixtlahuacán | 4990 | 150 |
Manzanillo | 141313 | 4,240 |
Minatitlán | 7422 | 223 |
Tecomán | 83346 | 2,501 |
Villa de Álvarez | 103312 | 3,100 |
Cabe destacar que las Candidaturas Independientes registradas, en ningún caso podrán participar en la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional y sólo podrán competir para un cargo de elección popular. Además, se determinó que el financiamiento público y privado que utilicen las y los candidatos independientes, así como los topes de gastos precampaña y campaña, será estrictamente obtenido y erogado conforme a lo dispuesto por el Código Electoral del Estado.
En otros puntos del Orden del Día, el Consejo General del IEE también aprobó los Catálogos de Radio y Televisión de la entidad, que difunden noticias y programas de opinión; así como la Metodología; que deberán considerarse para el monitoreo de las transmisiones durante las precampañas y campañas electorales dentro del Proceso Electoral Local 2020-2021.
Además también se aprobó la respuesta a la vista formulada por el Instituto Nacional Electoral, relativa al expediente con nomenclatura INE/SE/ASP-01/2020, integrado con motivo del “Procedimiento de Asunción Parcial de los Conteos Rápidos para las Elecciones de Gubernatura en todos los Procesos Electorales Locales 2020- 2021”.