En acatamiento al TEPJF, el INE destituye a la Consejera Presidenta del IEE Colima

Colima.- En sesión ordinaria realizada este 16 de noviembre, el Instituto Nacional Electoral (INE), acató la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de emitir un nuevo proyecto en el que se destituye de forma definitiva a la Consejera Presidenta del Instituto Electoral del Estado de Colima, Felícitas Alejandra Valladares Anguiano.

El punto 17, en el que se señalaba la remoción de Felícitas, fue abordado a eso de las 18:00 horas.

Algunos consejeros dejaron en claro acataban la determinación bajo protesta y reconocían que el procedimiento era únicamente de trámite, pues la resolución del Tribunal revocaba por completo la inicialmente propuesta por el INE, de suspender temporalmente a Felícitas, y obligaba estrictamente a emitir un nuevo proyecto de destitución definitiva.

Además, indicaron que el Tribunal tomó en cuenta el efecto de incertidumbre que causó el acto de Felícitas en la pasada elección ordinaria por la gubernatura de Colima, para emitir esta nueva determinación.

Cabe recordar que presumiendo una “exclusiva”, Valladares Anguiano cometió el yerro de afirmar a un noticiero televisivo nacional que Jorge Luis Preciado, entonces candidato a la gubernatura del PAN, había obtenido la mayoría de votos en el cómputo electoral, lo que a decir del Tribunal generó discusión e incertidumbre entre los partidos y la población.

En su oportunidad, Guadalupe Acosta Naranjo, representante del PRD, dijo que la sanción del Tribunal, diferente a la que inicialmente había interpuesto el INE de suspender a Felícitas solamente 30 días, obedece a que con la nueva Ley Electoral se busca aplicar “sanciones ejemplares” para que este tipo de actos no vuelvan a cometerse.

La consejera Beatriz Eugenia Galindo Centeno conminó al resto de los consejeros a ordenar al órgano electoral de Colima regresar el salario que se le retuvo a Valladares Anguiano durante los 30 días que fue suspendida, pues de lo contrario se le estaría aplicando una doble sanción para la misma conducta.

Falta aún que el órgano electoral local sea notificado de la remoción definitiva y sesione para llevarlo a cabo.

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