Diputados aprueban Ley de Austeridad, pero no reducen su presupuesto y salario ni en un peso

Colima.- Este jueves los diputados de la LIX Legislatura aprobaron la Ley de Austeridad para el estado de Colima, pero no aplicaron la austeridad en su presupuesto 2019 aprobado por ellos mismos y que asciende a 95 millones de pesos y es idéntico al de la LVIII Legislatura y que en campaña calificaron como excesivo. 

Hasta ahora, los diputados tampoco han tocado sus percepciones mensuales que de acuerdo a datos publicados en el Periódico Oficial del Estado, ascienden hasta los 112 mil 453 pesos.

El presupuesto previsto en el Artículo 19 de la Ley de Egresos del 2019 para el Poder Legislativo para el Estado de Colima es de 95 millones de pesos divididos de la siguiente manera: Servicios Personales (donde están contemplados los salarios de los diputados) 69 millones 660 mil 908 pesos.

Materiales y Suministros, 4 millones 559 mil 988 pesos; Servicios Generales, 8 millones 236 mil 308 pesos; Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas, 12 millones 305 mil 340 pesos; Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles 237 mil 456 pesos.

Este presupuesto es idéntico en rubros y cantidades al de la pasada Legislatura, no hubo reducción ni en un peso.

Pero el actual Congreso presumió en un comunicado que la Ley aprobada este 13 de diciembre contempla medidas de austeridad para reducción de difusión, vuelos en primera clase, fotocopias, combustible y seguros médicos privados, sin embargo ellos sí perciben apoyo para combustible y no han hecho la reducción de sus percepciones mensuales.

Aunque en campaña e incluso días después de haber sido declarados electos, los ahora diputados prometieron reducirse sus percepciones a la mitad, hasta ahora no lo han hecho.

De acuerdo a datos corroborados por esta Agencia en el Congreso del estado, los diputados locales perciben recursos públicos por los mismos conceptos que la anterior LVIII Legislatura.

Cada diputado recibe una Dieta (salario) bruta de 77 mil 476.60 pesos, de los cuales tienen una deducción de 19 mil 612 pesos (impuestos) lo que arroja un ingreso neto por Dieta de 57 mil 864 pesos.

Por concepto de fondo ahorro reciben 15 mil pesos, por presidir una Comisión 15 mil pesos, por pertenecer a un grupo parlamentario 10 mil 204.33 pesos, para telefonía reciben un apoyo de 4 mil 493.53 pesos y para gasolina 10 mil pesos, estas percepciones llegan a los 112 mil 561.86 pesos mensuales.

Cabe señalar que las percepciones por dieta, fondo de ahorro, pertenecer a un grupo parlamentario, presidir una comisión se encuentran publicadas en el artículo 31 Fracción VIII de la Ley de Transparencia para el Estado de Colima que aparece en el sitio web oficial del Congreso del Estado de Colima.

Y aunque la Fracción VIII señala que en ésta se encuentran incluidas todas las dietas y cualquier remuneración adicional que se establezca a favor de los legisladores,  las percepciones para gasolina y telefonía no se incluyen aquí sino hasta el final del artículo, en un apartado denominado otros, después de la Fracción XVII.

Este 13 de diciembre se aprobó con 21 votos a favor y una abstención, de la diputada Lizeth Anaya Mejía, el Dictamen de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales en el que se crea la Ley de Austeridad del Estado de Colima.

Esta Ley tendrá por objeto la aplicación de medidas de austeridad en la programación y ejecución del gasto gubernamental, en donde se busca la reducción de gastos onerosos por parte del gobierno y con ello priorizar la inversión social de la Hacienda Pública.

La Ley homologará las remuneraciones que perciban todos los servidores públicos del Estado de Colima, con las leyes federales en los artículos 116, fracción II, y 127 de la Constitución, recién reformadas por la Sexagésima Cuarta Legislatura Federal; así como la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios.

En su artículo cuarto la Ley de Austeridad prohíbe la contratación de seguros privados de gastos médicos, de vida o de separación, individuales o colectivos, por parte de los entes públicos para beneficio de cualquier servidor público.

También se limitará el gasto neto total ejercido anualmente en difusión de propaganda oficial por las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo a un máximo del 0.2% de su presupuesto; mientras que para los Poderes Judicial y Legislativo, Municipios y Órganos Autónomos será de hasta el 4 %.

Prohíbe la adquisición de boletos de viajes en servicio de primera clase o equivalente, así como la contratación de servicios privados de aerotransporte y sólo se autorizarán los viajes oficiales que resulten estrictamente necesarios.

De la misma forma, los gastos por servicios de telefonía, fotocopiado, energía eléctrica; combustibles, arrendamientos, viáticos, honorarios, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, bienes informáticos, pasajes, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, estudios e investigaciones, no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior.

El artículo onceavo busca que los fideicomisos, fondos, mandatos o análogos públicos o privados se apeguen estrictamente a las reglas de disciplina financiera, transparencia, rendición de cuentas y fiscalización del gasto, además de que no podrán ser reservados de forma secreta.

Dicha Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”.

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