Consejo Estatal Contra la Discriminación no podía sancionar, los casos se turnaban a la Conapred

Colima.- Entrevistado por AFmedios, César Alejandro Aguilar Jiménez, miembro del Consejo Estatal Contra la Discriminación, señaló que esta instancia al no estar correctamente instalada y no tener reglamento, no podía establecer sanciones, por lo que los casos se turnaban al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred).  

“El Consejo nunca tuvo la instalación correcta, nosotros trabajamos como era nuestra responsabilidad de recibir quejas y ese tipo de acciones (…) ante la falta primeramente de un reglamento, no podían dictaminarse las quejas, no había sanciones ni claridad en los procesos, en este caso lo que se hacía era canalizarlas a la Conapred”.

Es hasta la actual administración estatal, que preside el gobernador José Ignacio Peralta Sánchez, que el pasado 20 de febrero se publicó el reglamento de la Ley que Previene, Combate y Elimina la Discriminación, en el que se establecen procesos y sanciones.

Además, esto permitirá que el próximo 17 de mayo, que es el Día Contra la Homofobia, se instale el Consejo Estatal Contra la Discriminación, presidido por el gobernador del estado.

Aguilar Jiménez recordó que la labor de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) es solo de emitir recomendaciones, por lo que no pasa ‘de una jalada de orejas’.

“Por eso no podemos erradicar la violencia que hay contra las chicas ‘trans’ por parte de los grupos de policías, porque ellos dicen nos llega la recomendación de la CEDH y no pasa de un ‘jalón de orejas’, por eso es importante sentar precedentes”.

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Última queja resuelta

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) resolvió el expediente DGAQR/761/DQ/II/COL/Q659, en agosto de 2015, es la última resuelta de nuestra entidad de acuerdo a nuestro archivo hemerográfico.

Se trata del caso sucedido en diciembre de 2014 en la ciudad de Colima, donde en un conocido bar intentaron negar el servicio y el acceso al baño de mujeres a cuatro transgénero por su “condición sexual”.

En consecuencia, y con base en las atribuciones del Conapred dictó las siguientes medidas de reparación a los establecimientos mercantiles:

1) Una disculpa por escrito a las personas agraviadas por discriminación.

2) Colocación de una placa donde conste el compromiso y obligación legal de no discriminar a persona alguna y ser una institución incluyente.

3) Comunicación a todo el personal que labora en el establecimiento sobre el compromiso y obligación de no realizar actos, omisiones o prácticas de discriminación en contra de las personas clientas de los mismos.

4) Modificación de la normatividad interna ya existente bajo una perspectiva de no discriminación, por apariencia física, preferencia sexual, identidad de género u otros motivos prohibidos de discriminación.

5) Implementación de una campaña en sus redes sociales, página web u otros medios de comunicación que utilicen los establecimientos, donde se promueva el derecho a la igualdad y la no discriminación.

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