COLIMA.- Las y los diputados integrantes de las LXI Legislatura del Estado de Colima, aprobaron adicionar y reformar diversos artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en materia de bienestar, en específico, lo relacionado a una vivienda adecuada y la protección de las personas con discapacidad.

El dictamen presentado al pleno Legislativo y avalado por unanimidad, sustituye el término de vivienda digna y decorosa por el de vivienda adecuada, ajustando el concepto del derecho humano a la vivienda para garantizar que esta cumpla con los elementos indispensables para el bienestar y calidad de vida de las personas.

Con ello, el concepto de vivienda adecuada, se refiere a aquella que cumpla con las condiciones de accesibilidad, disponibilidad de servicios, habitabilidad, seguridad en la tenencia y ubicación respecto a servicios.

En segundo término, la reforma establece que el Estado garantizará la rehabilitación y habilitación de las personas que viven con discapacidad permanente, dando prioridad a las personas menores de dieciocho años de edad, en los términos que fije la ley.

Mientras que, la tercera modificación indica que el Estado, en coparticipación con la Federación, garantizarán la entrega de una pensión no contributiva a las personas con discapacidad permanente menores de sesenta y cinco años, en los términos que fije la ley; con ello, el programa social queda garantizado constitucionalmente.

El Congreso del Estado de Colima, deberá hacer las reformas a la legislación secundaria en el plazo de 180 días hábiles a partir de la entrada en vigor del decreto. Debiendo incluir disposiciones que determinen los alcances y permitan dar cumplimiento gradual conforme a lo que se apruebe en los presupuestos de egresos correspondientes, así como las atribuciones y obligaciones necesarias para garantizar el cumplimiento de lo indicado en el decreto.