COLIMA.- En atención a las peticiones realizadas por diversos segmentos de la población, quienes se han quejado por la contaminación generada por ruidos elevados en la zona urbana del municipio, el Cabildo del Ayuntamiento de Colima aprobó reformas al Reglamento Ambiental para el Desarrollo Sustentable.
De acuerdo con las reformas a los artículos 136 y 142 del citado Reglamento Ambiental, se busca armonizar dicho ordenamiento con lo contemplado en la Norma Oficial Mexicana NOM-080-SEMARNAT-1994, la NOM-041-ECOL-1999 y la Norma Estatal NOM-045-ECOL-1996, así como disminuir las molestias a la sociedad colimense.
Con la medida aprobada se busca regular a los vehículos automotores que han sido alterados en su sistema de amortiguamiento de ruido o de contención de gases, lo cual genera una evidente contaminación auditiva para la población.
También se han detectado algunos restaurantes, autorizados anteriormente, ubicados en zonas habitacionales pero que operan bajo las mismas disposiciones que los establecimientos situados en zonas comerciales. Esto ocasiona afectaciones por contaminación auditiva a las y los habitantes de estas áreas. Atendiendo la solicitud de los vecinos y de la Dirección de Ecología del Municipio de Colima, se consideró viable adecuar el Reglamento Municipal a fin de prohibir emisiones de ruido que sobrepasen los niveles máximos permisibles en horario diurno y nocturno.
Dichos niveles se medirán en decibeles ponderados, de acuerdo con la escala normalizada y atendiendo el procedimiento establecido en las normas oficiales mexicanas o normas técnicas ambientales estatales.
Con las reformas aprobadas, los giros de restaurantes ubicados en zonas habitacionales deberán cumplir con condicionantes respecto a horarios y niveles de sonido emitidos por música, con el propósito de no alterar el equilibrio ecológico y ambiental de estas áreas.
Asimismo, los propietarios de vehículos de tracción mecánica deberán mantener en buenas condiciones de funcionamiento el motor, la transmisión, la carrocería y demás elementos capaces de transmitir ruidos y vibraciones, especialmente el dispositivo silenciador de los gases del escape, a fin de no infringir el reglamento ni exceder los límites establecidos.
Con estas modificaciones, cualquier persona que conduzca un vehículo automotor al que se le hayan alterado elementos capaces de transmitir ruidos y vibraciones —como el dispositivo silenciador del escape— y cuyo nivel de energía sonora exceda los límites permitidos, podrá ser detenida por la Dirección de Tránsito y Vialidad del Municipio hasta que se realice la debida corrección de los elementos modificados, además de hacerse acreedora a las sanciones establecidas en el Reglamento.
Las modificaciones al Reglamento entraron en vigor a partir de su aprobación por el Cabildo del Ayuntamiento de Colima.


















