Colima.- El Ayuntamiento de Colima, autorizó la instalación de 21 puestos temporales para la venta de pirotecnia en distintos puntos del municipio, como parte del ordenamiento y control de esta actividad durante la temporada decembrina.
Para obtener la autorización, las y los solicitantes debieron presentar previamente el permiso general emitido por la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) para la comercialización de pirotecnia, así como los permisos de transporte correspondientes, expedidos por la propia SEDENA y la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).
Asimismo, las y los propietarios de estos establecimientos recibieron capacitación obligatoria en temas como manejo seguro de pirotecnia, combate y control de incendios, primeros auxilios y medidas generales de seguridad, con el objetivo de prevenir riesgos y salvaguardar la integridad de la población.
El ayuntamiento hizo un llamado a la ciudadanía a extremar precauciones en el uso de pirotecnia, especialmente durante las celebraciones decembrinas, subrayando la importancia de supervisar en todo momento a las niñas, niños y adolescentes, y evitar que manipulen estos productos sin la vigilancia de una persona adulta.
Enfatizó que el uso de pirotecnia debe realizarse de manera responsable, siguiendo las recomendaciones de seguridad y adquiriendo estos artículos únicamente en los puntos de venta autorizados, con el objetivo de prevenir accidentes y proteger la integridad de las familias colimenses.
De acuerdo con lo establecido en los permisos otorgados por la SEDENA, la autorización para la instalación de los puestos temporales vence el próximo 31 de diciembre.
Durante toda la temporada, elementos de la Unidad Municipal de Protección Civil realizarán recorridos permanentes de supervisión, en coordinación con la Secretaría de la Defensa Nacional y la Guardia Nacional, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de venta, transporte y manejo de pirotecnia, así como reforzar las acciones de prevención de riesgos.
Los puestos autorizados deberán ubicarse exclusivamente en zonas despobladas, principalmente en predios baldíos, jardines o intersecciones que no se encuentren cercanas a áreas habitadas, con el fin de garantizar la seguridad de la ciudadanía.


















