Avanza Plan de reapertura gradual de actividades económicas

Colima.- El Comité Estatal de Seguridad en Salud aprobó una serie de recomendaciones adicionales al Plan de reapertura gradual de actividades sociales, educativas y económicas para el Estado de Colima tras la emergencia generada por Covid-19.

La secretaria de Salud, Leticia Delgado Carrillo señaló, en videoconferencia, que estas recomendaciones surgen de la necesidad imperante de recuperar de cierta manera o en alguna proporción la economía del Estado.

Entre las consideraciones, en primer lugar se establece que para el giro de marinas turísticas, se podrán reanudar actividades acuáticas, siempre y cuando el establecimiento donde se oferten dichas actividades se encuentre en un espacio abierto y de cumplimiento a las medidas sanitarias establecidas por la autoridad de salud estatal, así como cumplan con el aforo permitido del 25 por ciento de acuerdo al semáforo epidemiológico de la entidad.

Se autorizan recorridos turísticos y pesca en embarcaciones menores a 40 pies en grupos máximos de ocho personas, siempre y cuando sean de una misma familia.

En cuanto a las actividades relacionadas con el buceo, podrán reanudar actividades, toda vez que el establecimiento que oferta dicha actividad recreativa, de cumplimiento a las medidas higiénico-sanitarias establecidas por la autoridad de salud estatal. En cuanto a la actividad de buceo, ya sea amateur o profesional, el establecimiento deberá garantizar que todo el equipo que rente, se encuentre debidamente desinfectado antes y después del uso por una persona, para garantizar el mínimo riesgo de infección.

Los espacios públicos deportivos abiertos deberán usarse sin área común, sin vestidores ni baños compartidos.

Deberá recordar a los usuarios la fase epidémica en la que se encuentra el municipio del Covid-19, motivo por el cual son obligatorias las medidas de protección personal al estar a bordo de la embarcación y es responsabilidad de cada persona el realizar una actividad en dicha condición.

En las plazas comerciales se deberá tener un control del aforo que deberá ser máximo del 25 por ciento de la capacidad de la plaza y de cada establecimiento del centro comercial. Se prohíbe el uso de elevador.

El personal de la plaza deberá requerir a toda persona el uso correcto del cubrebocas y que la implementación de las medidas sanitarias son obligatorias.

Todos los negocios que se encuentran considerados como no esenciales en el Plan de reapertura, pequeños, medianos y grandes, a excepción de los establecidos en la cuarta recomendación, podrán operar temporalmente en semáforo rojo de lunes a viernes con un aforo del 25 por ciento, en un horario hasta las 22:00 horas siempre y cuando realicen su registro conforme a lo estipulado en el acuerdo de recomendaciones al Plan de reapertura gradual de actividades sociales, educativas y económicas tras la emergencia por el Covid-19, así como, los protocolos de seguridad sanitaria en el entorno laboral.

Los negocios considerados esenciales con venta de alimentos podrán abrir el fin de semana hasta las 00:00 horas, privilegiando el servicio a domicilio y apegados al protocolo correspondiente.

En la cuarta recomendación, en el semáforo rojo, para aquellos giros que ofrezcan una actividad que se consideran como alto riesgo de contagio, no podrán abrir sin la autorización del Grupo Técnico.

Este documento establece que todos los giros que se encuentren operando deberán recordar a los asistentes que actualmente la entidad se encuentra en fase epidémica del Covid-19, motivo por el cual son obligatorias las medidas de protección personal y que la población con factores de riesgo debe estar resguardada en casa.

Los integrantes del Comité Estatal de Seguridad en Salud suscriben para su aplicación en la entidad los criterios para personas en situación de vulnerabilidad publicados el 28 de julio del 2020 en el medio de difusión federal.

Al final de esta reunión virtual, la titular de Salud señaló que tras la aprobación, este documento se enviará a la Secretaría General de Gobierno para el trámite correspondiente y su posterior publicación.