Así deberán actuar los policías cuando detengan a personas de la comunidad LGBTTTI

Colima.- La Secretaría de Seguridad Pública del estado ha establecido un protocolo para la interacción y detención de personas de la comunidad LGBTTTI que busca proporcionar un trato equitativo y libre de discriminación.

De acuerdo al Protocolo de actuación policial que se publicará en 15 días en el Periódico Oficial del Estado, los policías ya no podrán usar términos denostativos y deberán respetar el género de la víctima o probable responsable.

Es decir, si se trata de un hombre que se identifica como mujer, deberá tratársele como tal, y viceversa. Además, si se requiere una revisión que implique exponer los genitales, ésta deberá autorizarse por un juez.

A continuación se rescatan algunos aspectos de este Protocolo firmado por Francisco Javier Castaño Suárez, secretario de Seguridad Pública del Estado:

Actuación de policías durante interacción con personas del grupo LGBTTTI

Deberán abstenerse a utilizar términos peyorativos, denostativos o discriminatorios sobre las víctimas, ofendido o probable responsable.

La vigilancia de alguna persona detenida que pertenezca al grupo LGBTTTI será efectuada con personal del género con el que ésta se asuma, por lo que si se trata de un hombre que se identifica como mujer, deberá ser vigilado por una mujer.

Lo anterior siempre y cuando no se creen condiciones de desproporcionalidad por razón de fuerza física que pongan en riesgo la vida o integridad física.

Los traslados de personas de este grupo también será por personal del género con el que el detenido/a se identifique, siempre y cuando tampoco haya condiciones de desproporcionalidad en fuerza física.

Detenciones

Dirigirse con respeto y trato de acuerdo al género que representa.
Realizar la inspección del detenido de acuerdo al género que representa

Supuestos de detención de probables responsables

Si la identidad de género de la persona detenida/o no está plenamente identificada, se deberá poner a disposición de la autoridad competente para determinar su situación jurídica.

Los detenidos que pertenezcan a la comunidad LGBTTTI, tienen derecho a:

– Certificación médica y psicológica por personal con quien se identifique en razpon de su género.
– Decidir si desea ser valorado/a médicamente o no.
– Ser presentado/a sin demora ante el ministerio público o juez.
– Conocer los motivos de la detención y contar con abogado desde el momento de la misma.
– Cualquier exposición que implique exposición de partes íntimas del cuerpo, sea autorizada por un juez.
– A no permanecer desnudo/a y que se le otorguen prendas de vestir cuando así lo requiera.
– Que se registre el estado físico de las personas que se detienen.
– A ser tratado como inocente hasta que se demuestre lo contrario y a no ser exhibido/a públicamente ante los medios de comunicación.

La Unidad de Asuntos Internos será la responsable de la supervisión y vigilancia de las actuaciones del personal de la Secretaría en cuanto a la población LGBTTTI.

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