Colima.- Este jueves 30 de mayo, el Congreso del Estado de Colima aprobó, con votación unánime reformar el artículo 223 del Código Penal del Estado, para quede estipulada la inhabilitación definitiva para servidores públicos que realicen actos de corrupción.
Lo anterior implicaría la total pérdida de confianza para desempeñar cargos públicos.
El Dictamen realizado por la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, también modifica el artículo señalado, para que la inhabilitación temporal sea de 1 a 10 años o de 10 a 20 años.
Lo anterior se estipulará de acuerdo a los montos y afectaciones que él o la implicada tengan:
- El primer tipo de inhabilitación temporal (1 a 10 años) sea para quienes no causen daños o perjuicios, ni exista beneficio o lucro o cuando el monto no exceda las doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida Actualizada (UMA)
- El segundo tipo se aplicará para quienes superen las doscientas UMA´s pero no se exceda de las dos mil.
Las Comisiones dictaminadoras señalaron que debe ser severa la sanción cuando un servidor público cometa delitos mediante el ejercicio de la función pública y esta se afecta o se obtiene un beneficio económico.
Así mismo también se agrega que la figura de la inhabilitación temporal y definitiva también alcance a los particulares cuando estos participen en adquisiciones, arrendamientos, concesiones, servicios u obras públicas y estén implicados en los delitos que estipula el artículo 233 del Código Penal.