Abogado interpone denuncia penal en contra de Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa

*Por delitos cometidos en la procuración e impartición de justicia

COLIMA.- El abogado Luis Guillermo Meillón Alcántara, dio a conocer que interpuso una denuncia penal ante la Fiscalía Anticorrupción de la Fiscalía General del Estado, por delitos cometidos en la procuración e impartición de justicia por parte del Magistrado Presidente del Tribunal de Justicia Administrativa, Andrés Gerardo García Noriega.

El quejoso señala que el magistrado no impartió justicia al emitir sin sustento, de acuerdo a él, un acuerdo de caducidad en el juicio radicado bajo el expediente 1227/2012, promovido por Ex hacienda San Carlos S.A. de C.V. (ente del que es representante legal), por daño patrimonial generado por la Secretaría de Desarrollo Urbano (Sedur) del Gobierno del Estado de Colima.

«Ese asunto se ha congelado muchas veces, lleva diez años, en diez años cuántos asuntos debieron haber salido. Ese juicio es por daño patrimonial, ellos (Sedur) otorgaron un permiso para depositar lodos en una propiedad mía, y fue reconocido por la autoridad. De ahí se lo llevaron, trataron de deshacerse del juicio en dos ocasiones, acudí a las autoridades federales y se me concedieron los amparos».

El abogado refiere que en el 2019 promovió un amparo por falta de movimiento procesal, lo cual se le concedió, pero se volvió a congelar el asunto. En el 2022, después de una audiencia el Magistrado Presidente determina caducarlo.

«Es decir, que vuelva yo a comenzar el juicio porque no le di movimiento procesal, cuando están los acuerdos del año 2020, tardó dos años en acordar lo de terceros perjudicados».

Meillón Alcántara señaló que acudió nuevamente ante la instancia federal a solicitar un amparo contra este acuerdo de caducidad.

Sin embargo, también acudió ante la Fiscalía Anticorrupción de la Fiscalía General del Estado de Colima para interponer la denuncia penal en contra del titular del TJA.

«Cabe mencionar que al que estoy denunciando es parte de las autoridades anticorrupción, donde yo espero que se haga justicia».

«Es un delito en la impartición de justicia, porque caducó algo que abiertamente no se podía caducar, no hay que ser juez, no hay que ser magistrado, simplemente entender que eso no caduca y que eso fue de mala fe y eso es un delito, porque él como autoridad que protege la corrupción en el estado hace lo mismo, pues yo espero que la Fiscalía Anticorrupción no lo haga».

Estableció que por más de 10 años ha estado solicitando la reparación de un daño patrimonial, y ni siquiera se han desahogado las pruebas, dos veces se ha desechado la demanda, y en esas ocasiones la autoridad federal ha determinado que sí procede continuar, pero el TJA no ha sacado la sentencia.

«Lo que busca la autoridad es que te canses», concluye el abogado.

Asegura que no sabe cuál sea la razón para que el magistrado actúe de esa manera.

«Lo que sí es notoria la mala fe», asevera.

Meillón Alcántara pide que se investigue todo el expediente para que se vean las irregularidades.

Reiteró que ante el Tribunal Colegiado ya interpuso un amparo en contra de este acuerdo de caducidad, y señala que si sale en su contra se desistirá de la denuncia en contra del magistrado, porque eso significaría que se equivocó.

«Pero si se me da a favor, entonces significaría que yo tengo razón, entonces esperaría que la Fiscalía actuara en consecuencia de ese fallo».

Explicó que si la instancia federal falla a su favor, le ordenarían al magistrado seguir con el juicio, el desahogo de pruebas y el fallo, asegurando que no tiene problemas en que salga una sentencia en contra, ya que está interesado en que el proceso avance.

Estableció que para él es cuestión de voluntad que la Fiscalía Anticorrupción comience a analizar su denuncia, confía en que sí la hay, aunque la experiencia de más de diez años en este proceso no le deja buenas impresiones.

«Me queda claro quién firmó este acuerdo de caducidad, y quién es el responsable de la impartición de justicia, y quien es la persona encargada de hacer el grupo anticorrupción, en el que los ciudadanos nos apoyamos para defendernos de actos de autoridad del estado».

«Llega un momento en el que como ciudadano dices ya basta, no me voy a dejar, de que estas personas hagan lo que quieran».

Refirió que si la Fiscalía no procede conforme a derecho en su denuncia recurriría a las autoridades federales y, de ser necesario, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Caducidad no se justifica

El abogado establece que en el auto de fecha 23 de septiembre de 2022, el Tribunal de Justicia Administrativa señala como fundamento de la caducidad que

“… desde el 06 seis de julio de 2020 dos mil veinte hasta el 28 veintiocho de abril de 2021 dos mil veintiuno no existieron promociones de ninguna de las partes para impulsar el procedimiento de lo cual se desprende que entre ambas fechas transcurrieron 289 ( doscientos ochenta y nueve días) esto es evidentemente más de 180 días naturales que dispone la Ley para que se materialice la inactividad procesal…”.

Meillón Alcántara cita que en acuerdo previo, con fecha de 31 de enero de 2022, se da cuenta al propio magistrado que hay

“… cuatro escritos presentados, […] recibidos ambos en este Tribunal el día 24 veinticuatro de agosto de 2020 dos mil veinte…”

Es claro señala el quejoso, que de la simple lectura de ambos documentos, es falso que no se presentaran escritos desde el 06 de julio de 2020, ya que, de los propios autos del juicio se desprende que, se recibieron escritos el 24 y 27 de agosto de 2020.

«Es además a todas luces evidente, que el magistrado omite, por lo menos hacer mención, mucho menos, digamos, computar y valorar, los días inhábiles que, justo en ese periodo, fueron decretados por la pandemia (COVID 19)».

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