Ciudad de México, 3 de octubre de 2025. – Con 76 votos a favor y 39 en contra, el Senado de la República aprobó el dictamen de reforma a la Ley de Amparo, al Código Fiscal de la Federación y a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y lo turnó a la Cámara de Diputados para su análisis y eventual ratificación.

La reforma busca ‘modernizar’ los juicios de amparo mediante el uso de tecnologías de la información, garantizando la validez de los expedientes electrónicos frente a los físicos, así como reforzar la figura del interés legítimo, tanto individual como colectivo.

  • Se habilita un juicio de amparo en línea, con reglas uniformes para garantizar certeza jurídica.

  • Se mantiene la sanción a servidores públicos que incumplan resoluciones judiciales, eliminando la propuesta inicial de que las multas se pagaran con recursos públicos.

  • En materia fiscal, se precisan las formas de garantía para que los contribuyentes obtengan la suspensión de actos de ejecución o cobro de créditos fiscales firmes.

  • Se incluyó una reserva del senador Manuel Huerta Ladrón de Guevara (Morena) que aclara que los casos en trámite seguirán resolviéndose bajo las nuevas disposiciones, con el argumento de evitar abusos de amparos que dilaten sentencias definitivas.

Debate 

El oficialismo defendió que la reforma no vulnera derechos adquiridos ni afecta la esencia del juicio de amparo, sino que fortalece su naturaleza jurídica y evita que se use como estrategia para eludir obligaciones fiscales.

En contraste, la oposición advirtió que el cambio podría traducirse en un menor acceso a la justicia para los ciudadanos:

  • PAN: La senadora Verónica Rodríguez Hernández acusó que Morena busca “menos defensa para las personas y más manos libres para la autoridad”.

  • PRI: Carolina Viggiano Austria alertó que la modificación genera incertidumbre jurídica, pues los ciudadanos podrían no saber bajo qué reglas litigan si las leyes cambian durante un proceso.

  • MC: Junto con legisladores panistas, presentaron reservas que fueron rechazadas por la mayoría morenista.

La reforma marca un paso hacia la digitalización del sistema judicial, lo que podría significar mayor eficiencia y reducción de cargas administrativas. Sin embargo, su impacto real dependerá de la capacidad tecnológica de los tribunales y del acceso digital de los ciudadanos, lo que abre un debate sobre la brecha tecnológica y desigualdades en el acceso a la justicia.

En materia fiscal, el oficialismo busca cerrar la puerta a amparos que retrasan la recaudación o la ejecución de sentencias firmes, mientras que la oposición teme que ello limite las defensas legales legítimas de contribuyentes frente a abusos de autoridad.

El dictamen se inscribe en un contexto de centralización del poder por parte de Morena, que controla el Ejecutivo y las mayorías en el Congreso, lo que ha generado preocupaciones de que las reformas judiciales respondan más a objetivos políticos que a un fortalecimiento institucional.

Además, a oposición cuestiona, la inserción de un artículo transitorio que señala que los amparos en trámite anteriores se resolverán con las nuevas reglas, dándole efectos retroactivos a la ley. Lo cual en sentido estricto jurídico sería inconstitucional.

Pero esta mañana durante la conferencia de la Presidenta Claudia Sheinbaum, (3 de octubre) el coordinador general de Política y Gobierno, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, aclara que con el artículo primero transitorio sobre la Ley de Amparo no tiene retroactividad, no se afectan derechos adquiridos ni se viola la Constitución

“La Presidenta tiene razón en ser muy enfática que en este gobierno no se impulsan ni se avalan leyes ni actos contrarios a la constitución y que no hay cabida a aplicación retroactivos de ninguna ley en prejuicio de persona alguna”, puntualizó.

De acuerdo a diversos analistas jurídicos, la reforma va en el sentido de beneficiar al Estado y no a los particulares que buscan defenderse ante un supuesto donde se les finca injustamente un crédito fiscal.

El tema de fondo de la reforma es evitar que existas suspensiones en materia fiscal y poder fiscalizar en muchos casos de forma excesiva y el contribuyente no pueda defenderse.

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