JALISCO.- Luego de anunciarse la expedición de cédulas profesionales por parte de la Dirección de Profesiones de Jalisco, se confirmó que este acto está fuera de la ley. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un fallo en el que señala que dicha acción carece de sustento legal.

En el amparo en revisión 466/2023, los ministros de la Segunda Sala determinaron que la única dependencia facultada para expedir cédulas profesionales es la Secretaría de Educación Pública (SEP) a través de su Dirección de Profesiones, así lo dio a conocer, en rueda de prensa, el presidente del Consejo de Colegios de la Abogacía, José Luis Tello Ramírez.

“Es falso que los propios profesionistas hayamos solicitado que se expida una cédula en Jalisco. También es incorrecto lo que afirma la directora de Profesiones, quien asegura que era necesaria la renovación de una cédula con fotografía. Esta medida representa una omisión grave y un desacato a la sentencia emitida por la Segunda Sala de la SCJN. Ninguna autoridad en Jalisco tiene la facultad de expedir cédulas; esa atribución corresponde únicamente a la Dirección de Profesiones a nivel federal. Además, estamos en desacuerdo con la recaudación asociada, ya que equivale a un cobro indebido.”

En días recientes, el subsecretario general de Gobierno, Francisco Ramírez Salcido, y la directora de Profesiones, Lorena Sánchez Jáuregui, presentaron el nuevo diseño del documento, ignorando la determinación del máximo tribunal del país.

“Hacemos un llamado al gobernador Pablo Lemus Navarro para que corrija esta situación, ya que el desacato a la SCJN puede derivar en multas, denuncias penales y destituciones de cargo”, enfatizó Tello Ramírez.

El costo de la cédula es de 724 pesos, y la renovación de 323 pesos; sin embargo, este documento no sirve como identificación oficial y carece de validez legal, ya que está fuera de las disposiciones de la Constitución mexicana.

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